domingo, julio 09, 2006

MUERTE DE NEONATOS ¿qué delito se ha cometido?


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Análisis Médico-Jurídico Breve y Necesario en la Muerte de Neonatos Dr. Lincoln Maylle Antaurco

Durante toda la semana hemos tenido saturado de manera escandalosa los medios de comunicación de muertes de neonatos en varios hospitales del Perú. ¿ES LA PRIMERA VEZ QUE OCURRE ESTE HECHO?. lamentablemente no. No es la primera vez que recién nacidos mueren en las unidades de cuidados intensivos de los hospitales del Estado. Ha vuelto a salir la punta de icebereg que esconde debajo de ella un gran problema médico legal. Cabe señalar la inmediata consencuencia médico jurídica traducido en el cometimiento de un delito doloso o culposo según sea el caso, por algún (os) responsable (s) (según la cantidad de involucrados y los niveles de responsabilidad), culpable, imputable y punible. De haberse producido un delito como causa de estas muertes se habría cometido el siguiente delito que es :

¿Qué delito? DELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD.
¿Qué responsabilidad? Responsabilidad Penal
¿Es típico este delito? Sí, porque esta descrita en forma expresa en la ley como delito.
¿Qué modalidad? DE HOMICIDIO CULPOSO (Por ser ejercida por profesionales de la salud)
¿Qué niveles de responsabilidad? (médicos, enfermeras, técnicos, administrativos, directivos, gerentes, Funcionarios, según en quién se encuentre responsabilidad).
¿Habrán detenidos de forma inmediata? Como hay indicios de no haberse respetado las normas técnicas (DE LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS) en que la pena es de hasta seis años el juez puede ordenar mandato de detención.
¿Qué pena se aplicará? Dice la ley: "...cuando sean varias las víctimas del mismo hecho la pena será no mayor de seis años."
¿Podría aplicarse penas mayores? Sí.
¿En que caso? De comprobarse como está señalado por los familiares la exposición a peligro de estos neonatos, traducido en agravado, porque murieron y éstas muertes pudieron ser previstas la pena puede llegar hasta los ocho años de prisión ( Los padres denunciaron que los médicos y enfermeras de dicho nosocomio poco o nada hicieron por despejar el área de UCI). Persiste el riesgo de incurrir en exposición a muerte de estos neonatos con lo que se consumaría el abandono agravado hecho que debe evitarse.
¿Qué debe hacerse para evitar estos riesgos? Elementalmente corregir los factores de riesgo según cada nivel de responsabilidad, es decir las implementar adecuadamente las medidas de bioseguridad, si persisten los riesgos de manera peligrosa, el profesional y funcionario cauto debe suspender(para derivar a otro lugar seguro) la atención de neonatos en ese centro de atención (en la unidad de cuidados intensivos en este s caso). Hacen bien los profesionales de salud que han entregado a la Direccion del hospital y declarado en emergencia las unidades de cuidados intensivos comprometidos. Es una conducta que evita el delito doloso de exposición y abandono agravado.

Como existen suficientes indicios razonables del cometimiento de este delito la fiscalía (Ministerio Público)deberá formalizar, luego de la investigación preliminar, la denuncia y el juez en lo penal apeturar el proceso en mérito a este delito y citará a todos los involucrados.
No es de sorprenderse, estas ocurrencias se repiten constantemente, sólo que ahora toma rivetes de escándalo como la muerte en masa de neonatos ( 38 bebés murieron este año.Por bacteria que aparece en ambientes hacinados y sin higiene • Asociación de Médicos: Podrían ocurrir más decesos • De este número, 28 se produjeron en hospital Carrión • Piden declarar en emergencia las Unidades de Neonatos del Ministerio de Salud). Casos más de tantos que llegan a investigación y proceso que estaremos vigilantes en sus conclusiones.

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