miércoles, octubre 27, 2010

ERRORES EN CIRUGÍA (Dr. Ivan Vojvodic Hernández)

Envío a ustedes esta interesante conferencia del Dr. Ivan Vojvodic Hernández la que contiene muchos aspectos condicionantes de los errores producidos en cirugía, los participantes deben emitir un comentario sobre algún aspecto indicado. Por mi parte resulta muy previsor la visión sistemática del problema por el cual las causas no residen en los errores individuales sino en las fallas y debilidades del sistema de salud, concepto que en este año ha tomado gran importancia porque es la que más se acerca a la realidad nacional del Perú. Los invito a leer y analizar con atención cada slide. Gracias. Dr. Lincoln Maylle Lima-Perú.

martes, octubre 26, 2010

lunes, octubre 25, 2010

No se debe operar con alcohol en la sangre

domingo, octubre 24, 2010

Errores médicos en el Programa de CRISTINA

Concepto de Mala Práctica Médica

Entre las fechas del 23 y 24 de octubre 2010 se llevó a cabo en el Colegio Médico la Jornada Científica "ASPECTOS QUE INFLUYEN EN EL ACTO MÉDICO". Uno de los temas fue la Mala Praxis en la Atención Médica desarrollada en una Mesa Redonda que estuvo moderada por el Dr. Fausto Garmendia Lorena. Estuvieron programados como expositores los Doctores Ciro Maguiña (Decano del Colegio Médico), El Dr. oscar Ugarte (Mnistro de Salud) y el Dr. Alberto Perales.



El Dr. Alberto Perales propuso el concepto de mala práctica en el que se debería incluir los factores dependientes del sistema de salud (Ver video). Señaló también que la corrupción es una variable inmersa en las instituciones de salud que debería ser tenida en cuenta.



Propuso un innovador concepto sobre la mala práctica médica en el que debe tenerse presente al sistema de salud como factor preponderante de las malas práctica médicas.



Teleconferencia: Clasificación de los Eventos Médicos Adversos


Teleconferencia:
ALGORITMO Y CLASIFICACIÓN DE LOS EVENTOS MÉDICOS ADVERSOS
Interesados previa inscripciones al correo: Linconmaylle@hotmail.com

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Dr. Lincoln Maylle Antaurco. Cel. 993029658
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Luego del análisis envío de la respuesta a su correo electrónico.

Atte. Dr. Lincoln Maylle Antaurco Lima-Perú







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jueves, octubre 14, 2010

Evento médico adverso: Ponen inyección de penicilina y muere por edema pulmonar

OPINIÓN MÉDICO LEGAL.- Considerando la clasificación de los eventos médicos adversos (EMA), actualmente definidos y teniendo acceso al contenido de la historia clínica, al diálogo con los padres, con los profesionales tratanteS, con la institución de salud, se puede señalar qué tipo de riesgo es el que se ha precipitado. En general los EMA son de dos tipos: los previsibles y aquellos que no se puede prevenir. En la mayor cantidad de eventos adversos que son los previsibles se debe tener en cuenta que cuando no se agota el deber objetivo de cuidado se incurre en la posibilidad del riesgo no justificable, en cuyo caso puede ir con o sin daño del paciente. Por daño nos referimos a las lesiones y la pérdida de la vida con los cuales está relacionado los eventos adversos indeseables, que en el caso de los injustificables se prevee reaponsabilidad penal y civil. En el proceso de investigación se deberá establecer claramente la relación de causalidad entre el hecho adverso y el daño al cuerpo la vida y la salud. Pero debe considerarse los riesgos justificables cuando se agota el deber objetivo de cuidado, que pueden ir con daño o sin daño. Debe establecerse hasta qué punto el hecho precipitado ameritó el tratamiento de la complicación oportuna y adecuada, que de haberse realizado exculpan de la responsabilidad. Debe establecerse también si el hecho dañoso consistente en la pérdida de la vida en este caso fue por consecuencia del riesgo imprevisibles de una reacción alérgica entre tantos millones de casos, de ser así se establece la ausencia de responsablidad de los profesionales intervinientes.

Atte. Dr. Lincoln Maylle Antaurco.

La nueva Ley que especifica los derechos de los pacientes

LEY QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS DE LOS SERVICIOS DE SALUD
LEY N° 29414
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:


LEY QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS DE LOS SERVICIOS DE SALUD


Artículo 1°.- Modificaciones a la Ley General de Salud Modifícanse los artículos 15°, 23°, 29° y el segundo párrafo del artículo 37° de la Ley núm. 26842, Ley General de Salud, con los siguientes textos:

"Artículo 15°.- Toda persona tiene derecho a lo siguiente:

15.1 Acceso a los servicios de salud

a) A recibir atención de emergencia médica, quirúrgica y psiquiátrica en cualquier establecimiento de salud público o privado, conforme con los artículos 3° y 39°, modificados por la Ley núm. 27604, Ley que Modifica la Ley General de Salud N° 26842, Respecto de la Obligación de los Establecimientos de Salud a dar Atención Médica en Caso de Emergencias y Partos, y su Reglamento.

b) A elegir libremente al médico o el establecimiento de salud según disponibilidad y estructura de éste, con excepción de los servicios de emergencia.

c) A recibir atención de los médicos con libertad para realizar juicios clínicos, de acuerdo con lo establecido por el artículo 5° de la Ley de Trabajo Médico.

d) A solicitar la opinión de otro médico, distinto a los que la institución ofrece, en cualquier momento o etapa de su atención o tratamiento, sin que afecte el presupuesto de la institución, bajo responsabilidad del usuario y con conocimiento de su médico tratante.

e) A obtener servicios, medicamentos y productos sanitarios adecuados y necesarios para prevenir, promover, conservar o restablecer su salud, según lo requiera la salud del usuario, garantizando su acceso en forma oportuna y equitativa.

15.2 Acceso a la información

a) A ser informada adecuada y oportunamente de los derechos que tiene en su calidad de paciente y de cómo ejercerlos, tomando en consideración su idioma, cultura y circunstancias particulares.

b) A conocer el nombre del médico responsable de su tratamiento, así como el de las personas a cargo de la realización de los procedimientos clínicos. En caso de que se encuentre disconforme con la atención, el usuario debe informar del hecho al superior jerárquico.

c) A recibir información necesaria sobre los servicios de salud a los que puede acceder y los requisitos necesarios para su uso, previo al sometimiento a procedimientos diagnósticos o terapéuticos, con excepción de las situaciones de emergencia en que se requiera aplicar dichos procedimientos.

d) A recibir información completa de las razones que justifican su traslado dentro o fuera del establecimiento de salud, otorgándole las facilidades para tal fin, minimizando los riesgos. El paciente tiene derecho a no ser trasladado sin su consentimiento, salvo razón justificada del responsable del establecimiento. Si no está en condiciones de expresarlo, lo asume el llamado por ley o su representante legal.

e) A tener acceso al conocimiento preciso y oportuno de las normas, reglamentos y condiciones administrativas del establecimiento de salud.

f) A recibir en términos comprensibles información completa, oportuna y continuada sobre su enfermedad, incluyendo el diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento; así como sobre los riesgos, contraindicaciones, precauciones y advertencias de las intervenciones, tratamientos y medicamentos que se prescriban y administren. Tiene derecho a recibir información de sus necesidades de atención y tratamiento al ser dado de alta.

g) A ser informada sobre su derecho a negarse a recibir o continuar el tratamiento y a que se le explique las consecuencias de esa negativa. La negativa a recibir el tratamiento puede expresarse anticipadamente, una vez conocido el plan terapéutico contra la enfermedad.

h) A ser informada sobre la condición experimental de la aplicación de medicamentos o tratamientos, así como de los riesgos y efectos secundarios de éstos.

i) A conocer en forma veraz, completa y oportuna las características del servicio, los costos resultantes del cuidado médico, los horarios de consulta, los profesionales de la medicina y demás términos y condiciones del servicio.

15.3 Atención y recuperación de la salud

a) A ser atendida con pleno respeto a su dignidad e intimidad sin discriminación por acción u omisión de ningún tipo.

b) A recibir tratamientos cuya eficacia o mecanismos de acción hayan sido científicamente comprobados o cuyas reacciones adversas y efectos colaterales le hayan sido advertidos.

c) A su seguridad personal y a no ser perturbada o puesta en peligro por personas ajenas al establecimiento y a ella.

d) A autorizar la presencia, en el momento del examen médico o intervención quirúrgica, de quienes no están directamente implicados en la atención médica, previa indicación del médico tratante.

e) A que se respete el proceso natural de su muerte como consecuencia del estado terminal de la enfermedad. El Código Penal señala las acciones punibles que vulneren este derecho.

f) A ser escuchada y recibir respuesta por la instancia correspondiente cuando se encuentre disconforme con la atención recibida, para estos efectos la Ley proveerá de mecanismos alternativos y previos al proceso judicial para la solución de conflictos en los servicios de salud.

g) A recibir tratamiento inmediato y reparación por los daños causados en el establecimiento de Salud o servicios médicos de apoyo, de acuerdo con la normativa vigente.

h) A ser atendida por profesionales de la salud que estén debidamente capacitados, certificados y recertificados, de acuerdo con las necesidades de salud, el avance científico y las características de la atención, y que cuenten con antecedentes satisfactorios en su ejercicio profesional y no hayan sido sancionados o inhabilitados para dicho ejercicio, de acuerdo a la normativa vigente. Para tal efecto, se creará el registro correspondiente.

15.4 Consentimiento informado

a) A otorgar su consentimiento informado, libre y voluntario, sin que medie ningún mecanismo que vicie su voluntad, para el procedimiento o tratamiento de salud, en especial en las siguientes situaciones:

a.1) En la oportunidad previa a la aplicación de cualquier procedimiento o tratamiento así como su interrupción. Quedan exceptuadas del consentimiento informado las situaciones de emergencia, de riesgo debidamente comprobado para la salud de terceros o de grave riesgo para la salud pública.

a.2) Cuando se trate de pruebas riesgosas, intervenciones quirúrgicas, anticoncepción quirúrgica o procedimientos que puedan afectar la integridad de la persona, supuesto en el cual el consentimiento informado debe constar por escrito en un documento oficial que visibilice el proceso de información y decisión. Si la persona no supiere firmar, imprimirá su huella digital.

a.3) Cuando se trate de exploración, tratamiento o exhibición con fines docentes, el consentimiento informado debe constar por escrito en un documento oficial que visibilice el proceso de información y decisión. Si la persona no supiere firmar, imprimirá su huella digital.

b) A que su consentimiento conste por escrito cuando sea objeto de experimentación para la aplicación de medicamentos o tratamientos. El consentimiento informado debe constar por escrito en un documento oficial que visibilice el proceso de información y decisión. Si la persona no supiere firmar, imprimirá su huella digital.

Artículo 23°.- Las incompatibilidades, limitaciones, prohibiciones y vulneración de derechos en los servicios de salud, así como el régimen de sanciones aplicables a los profesionales a los que se refiere el presente capítulo, se rige por las normas laborales, administrativas, civiles y penales, los códigos de ética y deontología y las normas estatutarias de los colegios profesionales correspondientes.

Artículo 29°.- El acto médico debe estar sustentado en una historia clínica veraz y suficiente que contenga las prácticas y procedimientos aplicados al paciente para resolver el problema de salud diagnosticado.

La información mínima que debe contener la historia clínica se rige por el reglamento de la presente Ley.

El establecimiento de salud queda obligado a proporcionar copia de la historia clínica al paciente en caso de que éste o su representante lo solicite. El interesado asume el costo que supone el pedido.

Artículo 37°.-
(...)
Los establecimientos de salud deben aprobar normas y reglamentos de funcionamiento interno; asimismo, el ente rector establece los estándares de atención de la salud de las personas a través de protocolos. La autoridad de salud de ámbito nacional establece los criterios para la determinación de la capacidad de resolución de los establecimientos y dispone la publicación de la evaluación de los establecimientos que no hayan alcanzado los estándares requeridos."

Artículo 2°.- Derechos contenidos en la presente Ley

La enumeración de los derechos contenidos en el artículo 15° de la Ley General de Salud no excluye los demás contenidos en dicha Ley o los que la Constitución Política del Perú garantiza.

Artículo 3°.- Sistema nacional de protección de los derechos de los usuarios en los servicios de salud
Los establecimientos de salud y los órganos de los gobiernos Nacional, regional y local son responsables de .organizar instancias de carácter independiente, autónomo y confidencial que garanticen equidad y justicia para la protección de los derechos de los usuarios de los servicios de salud, las cuales deben articularse al Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- De la difusión de los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud
El Poder Ejecutivo reglamenta la presente Ley en el plazo de noventa (90) días, contado a partir de su vigencia, en especial sobre los siguientes temas:

1. La elaboración de la lista de derechos de los usuarios contenidos en la Ley General de Salud.
2. Los mecanismos de divulgación de esta lista de derechos en los establecimientos de salud públicos y privados.

SEGUNDA.- De la adecuación
Establécese el plazo de ciento ochenta (180) días para que los establecimientos de salud se adecúen a lo dispuesto en la presente Ley.

TERCERA.- De la derogatoria
Deróganse o déjanse sin efecto, según corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, aceptándose las observaciones formuladas por el señor Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108° de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los treinta días del mes de setiembre de dos mil nueve.
LUIS ALVA CASTRO
Presidente del Congreso de la República
ANTONIO LEÓN ZAPATA
Tercer Vicepresidente del Congreso de la República

Invitación a interesante Jornada Académica

viernes, octubre 08, 2010

Se sugiere implementar Directiva de Cirugía Segura

Sugiero Implementar Directiva
De Cirugía Segura
SEÑOR DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL NACIONAL DOS DE MAYO
S.D.
Tengo a bien dirigirme a usted para sugerir la implementación de la Directiva que norme el proceso de la “Lista de verificación de la seguridad de la cirugía” por los siguientes considerandos.

Consideraciones precedentes
Que la seguridad quirúrgica es un componente clave de la calidad y un derecho de los pacientes reconocido por la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud. Siendo que la atención quirúrgica en los establecimientos de salud está asociada a factores de riesgo identificados que deben gestionarse y que conducen a eventos médicos adversos como consecuencia de intervenciones quirúrgicas los cuales son considerados como un problema de salud pública y que ameritan una especial atención.

El Evento médico adverso es definido como todo accidente imprevisto e inesperado que ha causado muerte, lesión y/o incapacidad y/o prolongación de la estancia, que se deriva de la asistencia sanitaria y no de la enfermedad de base del paciente.

El conocimiento de los eventos adversos y de los factores que contribuyen a su aparición, junto con la aplicación del mejor conocimiento disponible sobre la seguridad y la virtud de la perseverancia, son el fundamento de la seguridad del paciente y cambio de cultura necesario. Los mejores centros no son los que carecen de problemas, son los que los detectan y hacen algo para solucionarlos, porque están preocupados por la mejora continua. Obviamente que el abordaje de los efectos adversos requiere de un concurso multidisciplinario. Sin el estudio epidemiológico y sin la comprensión psicológica y sociológica, el análisis del problema carece de sentido.

El estudio IBEAS
En el estudio IBEAS Prevalencia de Efectos Adversos en Hospitales de Latinoamérica "IBEAS es un proyecto dirigido por el Ministerio de Sanidad y Política Social de España y Organización Mundial de la Salud en colaboración con los Ministerios de Argentina, Colombia, Costa Rica, México y Perú y gestionado por la Organización Panamericana de la Salud". En el que han participado 58 centros de 5 países de América Latina, llegando a analizar un total de 11 555 pacientes hospitalizados.

El estudio puso en evidencia que los eventos adversos son un problema latinoamericano en la que los hospitales muestran una prevalencia global de pacientes hospitalizados con eventos adversos de un 10.5%. Los eventos adversos relacionados con la infección nosocomial eran los más prevalentes en los servicios médicos, pediatría y UTI, mientras que los relacionados con algún procedimiento lo eran en los servicios quirúrgicos y obstetricia. La incidencia global de pacientes con al menos un evento adverso fue de 19,8%. Los pacientes hospitalizados en unidades quirúrgicas o ginecología tienen mayor riesgo de sufrir eventos adversos más severos que los ingresados en servicios médicos. Los 5 eventos adversos más frecuentes fueron las neumonías nosocomiales (9,4%), las infecciones de herida quirúrgica (8,2%), úlceras por presión (7,2%), otras complicaciones relacionadas con intervención quirúrgica o procedimiento (6,4%) y sepsis o bacteriemia (5%), acumulando un total del 36,2% de los eventos adversos identificados. Se resalta que de manera global los eventos adversos fueron considerados evitables en un 65%. Lo que está relacionado con la capacidad del equipo de cuidados para anticiparse a las complicaciones.

Más allá de ser un estudio epidemiológico de los eventos adversos como primer estudio llevado a cabo a gran escala en América Latina para medir los eventos adversos que ocurren como resultado de la atención médica en los hospitales, aspira a convertirse en un sistema de vigilancia (al repetirlo con la misma metodología al menos una vez al año) que permita valorar la evolución temporal de la prevalencia de eventos adversos en los hospitales de Latinoamérica, con el fin de conocer la epidemiología de Eventos adversos en la región y a nivel local en cada hospital, lo que facilitará desarrollar estrategias y mecanismos de prevención para evitarlos, o al menos para minimizarlos. De manera específica se pretende determinar la prevalencia de eventos adversos y caracterizar los efectos adversos relacionados con la asistencia sanitaria, distinguiendo los evitables de los que no lo son.

Por otro lado, se estima que de las 234 millones de intervenciones quirúrgicas que se realizan anualmente en todo el mundo, por lo menos 7 millones tienen alguna complicación discapacitante y un millón terminan en muerte. Las complicaciones más frecuentes que se encuentran están relacionadas con factores de riesgo previsibles como la identificación incorrecta del paciente o el sitio incorrecto de la cirugía, complicaciones anestésicas y altos índices de infección de la herida operatoria. Lo que significa que la incidencia de eventos adversos en la atención de salud es una causa importante y evitable de sufrimiento humano e impone un elevado tributo en pérdidas financieras y en costo de oportunidad para los servicios de salud.

Acciones de la OMS, OPS
En el marco de los esfuerzos desplegados por la Organización Mundial de la Salud por reducir el número de defunciones de origen quirúrgico en todo el planeta, el departamento de Seguridad del Paciente de la OMS creó el programa La Cirugía Segura Salva Vidas. El programa pretende aprovechar el compromiso político y la voluntad clínica para abordar importantes cuestiones de seguridad, como las inadecuadas prácticas de seguridad anestésicas, las infecciones quirúrgicas evitables y la escasa comunicación entre los miembros del equipo quirúrgico. Se ha comprobado que estos son problemas habituales, que comportan riesgo mortal y podrían evitarse en todos los países y entornos.

En este contexto, en la 55a Asamblea Mundial de la Salud se invitó a los países miembros a establecer una Alianza por la Seguridad del Paciente. En el 2008 la OMS difunde la Lista de Chequeo para una Cirugía Segura como una de las estrategias prioritarias para disminuir los eventos adversos en las intervenciones quirúrgicas, basada en múltiples estudios que demostraron su eficacia.

Desde entonces muchos países han asumido éste reto como una estrategia de bajo costo y alto impacto a nivel social. El estudio de Haynes et al (2009), demuestra que la aplicación de barreras de seguridad mediante una Lista de Chequeo para una Cirugía Segura en 8 hospitales de países de diferente nivel de desarrollo, fue eficaz para disminuir significativamente el número de complicaciones y muertes como consecuencia de las intervenciones quirúrgicas.

El programa de cirugía segura no es sólo llenar los formatos

Estos resultados pueden ser posibles teniendo en cuenta que el programa de cirugía segura no solo contempla el llenado de los formatos sino que es un programa que va más allá y que es un proceso consistente en cuatro pasos: el primer paso es el planeamiento y organización. El segundo paso con el que estamos familiarizados es la operativización del uso de la Lista de Verificación Quirúrgica (LVQ). El tercer paso que se viene implementando en algunos centros de salud es la evaluación de la implementación de la LVQ y su aplicación práctica en la gestión de los riesgos y el conocimiento de los indicadores para reducir los eventos adversos relacionados con la asistencia de la salud. El cuarto paso es la sostenibilidad de la estrategia en el tiempo repitiéndose los ciclos evaluatorios.

Acciones en el Perú
Sugerencia de Implementar Directiva en el Hospital Dos de Mayo

En el Perú el esfuerzo desplegado para lograr sistematizar e institucionalizar el proceso de verificación de la cirugía segura ha motivado múltiples reuniones entre los profesionales de la medicina con las autoridades de salud y los representantes ciudadanos de los pacientes, lográndose acuerdos, iniciativas, directivas, resoluciones que concretizan la aplicación del listado de cirugía segura, teniendo en cuenta que todos los procesos deben ser hechos en función de los usuarios de salud. La Constitución Política Peruana en sus artículos 1º y 2º establece que la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo del Estado, teniendo toda persona derecho a la vida. La Ley General de salud, en el artículo 2º dispone que toda persona tiene derecho a que los servicios de salud cumplan con los estándares de calidad aceptados en los procedimientos y prácticas institucionales y profesionales. Actualmente la Resolución Ministerial Nº 308/MINSA del 20 de abril del 2010 resuelve que la responsabilidad de la implementación del listado de verificación de la seguridad de la cirugía recae sobre el titular de la institución pública o privada.

Siendo recomendable institucionalizar el uso de la lista mediante la respectiva Resolución Directoral que contemple todo lo relacionado con los pasos del proceso de cirugía segura como son el planeamiento y organización, la operativización del uso de la LVQ, evaluación de la implementación de la LVQ, la sostenibilidad en el tiempo, es decir toda la información de la cirugía segura en la atención quirúrgica de los usuarios de salud adecuada a nuestra realidad institucional, lo que redundará en la mejor gestión de los riesgos entendida como acciones para la previsión y manejo de los eventos médicos adversos.

Si bien la aplicación del formato de verificación de la seguridad de la cirugía es un significativo avance en la obtención de los datos consignados en el mismo, sin embargo puede resultar en un llenado mecanizado y casi automático con el objeto de cumplir con la indicación de llenarlos, sin lograr la finalidad principal de detectar las debilidades para prevenir y reducir los eventos médicos adversos debido a la falta de una directiva donde estén detallados las finalidades, procedimientos y la forma de realizarlos, pues como se observa las complicaciones quirúrgicas se siguen presentando sin definirse de manera precisa los factores y las respectivas medidas de previsión. Por ejemplo puede anotarse que el cirujano se retira antes que termine la cirugía y puede anotarse que se operó sin enfermera instrumentista siendo la cirugía compleja; estas anotaciones carecerán del efecto requerido si no existe la directiva que señale el procedimiento a seguir o el seguimiento para la realización de la medida correctiva respectiva que en estos casos son la reiteración de que el cirujano no puede abandonar la sala de operaciones mientras no termine la cirugía y el posible requerimiento de más personal de enfermería sustentada técnicamente.

Problemas encontrados en las listas de verificación quirúrgica (LVQ)

Debo señalar algunos problemas encontrados en el proceso de verificación para la seguridad quirúrgica que ameritan las correcciones debidas por las dependencias correspondientes:
• Desabastecimiento de insumos
• Desabastecimiento de medicamentos
• Instrumental deficiente
• Instrumental incompleto
• Problemas con materiales quirúrgicos
• Uso de materiales quirúrgicos más de lo previsto
• Equipo deficiente
• Falla del electrocauterio
• Falla de la cialítica
• Falla de equipo biomédico
• Falla de la luz
• Falla del aspirador
• Falla del oxímetro de pulso
• Instrumental/material biomédico y/o equipos de procedencia externa.
• Demora de llegada del cirujano
• Cirujano no recuerda nombre del paciente
• Cirujano no colabora con la lista de chequeo
• Cirujano no firma
• Cirujano sale antes de terminar cirugía
• Cirujano programado no se presenta
• Cirujano no realiza el reporte operatorio
• Renuencia de los cirujanos que lo toman como una supervisión
• Inicio de la cirugía sin presencia del cirujano principal
• Inicio de la cirugía sólo con los residentes
• Anestesiólogo no firma
• Demora de llegada del anestesiólogo
• Anestesiólogo sale antes de terminar cirugía
• Anestesiólogo programado no se presenta
• Falta de chequeo del equipo de anestesia
• Enfermera instrumentista no firma
• Falta de enfermera instrumentista
• Falta de definición exacta de ítems
• Maltrato a la enfermera verificadora
• Enfermera circulante no firma
• No se dispone de enfermera instrumentista
• Realización de las preguntas fuera de tiempo
• Omisión del llenado de ítems por parte de la enfermera
• Falta de formatos
• Falta de formatos autocopiables por triplicado
• Difusión insuficiente y falta de información de la norma
• Consentimiento informado sin firma del profesional responsable
• Paciente imposibilitado para brindar información
• Falta de guía de manejo de profilaxis antibiótica
• Problemas con la ropa en sala de operaciones

Finalidad de la Directiva

La lista de verificación quirúrgica (LVQ) está pensada como herramienta para los profesionales que integran el equipo médico quirúrgico interesados en mejorar la seguridad de sus operaciones y reducir el número de eventos médicos adversos: complicaciones y defunciones quirúrgicas innecesarias, mediante la institucionalización de la aplicación de la lista de verificación quirúrgica (LVQ) en el Hospital Nacional Dos de Mayo.

Por equipo médico quirúrgico se entiende a los cirujanos, anestesistas, personal de enfermería, técnicos y demás personal de quirófano involucrado en el procedimiento quirúrgico.

Se ha demostrado que su uso se asocia a una reducción significativa de las tasas de complicaciones y muertes en diversos hospitales y entornos y a un mejor cumplimiento de las normas de atención básicas.

Mejora de los indicadores

Se ha logrado también la mejora de algunos indicadores como son los siguientes:
1.- Porcentaje de infecciones post quirúrgicas
2.- Porcentaje de complicaciones intra operatorias
3.- Porcentaje de complicaciones post operatorias
4.- Porcentaje de complicaciones anestésicas
5.- Porcentaje de complicaciones en recuperación
6.- Porcentaje de discrepancias entre el pre y post quirúrgico
7.- Tasa de mortalidad en el centro quirúrgico
8.- Tasa de mortalidad post operatoria

Así como el piloto de un avión debe contar con el personal de tierra, la tripulación de vuelo y los controladores del tráfico aéreo para lograr un vuelo seguro y exitoso, el cirujano es un miembro esencial, pero no el único, de un equipo responsable de la atención al paciente. Todos los miembros del equipo quirúrgico desempeñan una función de la que dependen la seguridad y el éxito de una operación.

La Lista de verificación también se diseñó atendiendo a la simplicidad y la brevedad. Muchas de las medidas individuales ya son práctica habitual aceptada en centros de todo el mundo, aunque raras veces se cumplen en su totalidad.

Compromiso de los jefes de Servicio y Departamentos

Por consiguiente, se anima a los departamentos y servicios de cirugía a utilizar la Lista de verificación y a examinar el modo de integrar de forma sensata estas medidas esenciales de seguridad en el procedimiento operatorio normal siguiendo con la implementación sistemática de unas cuantas medidas de seguridad esenciales, que minimicen así los riesgos evitables más comunes que ponen en peligro el bienestar y la vida de los pacientes quirúrgicos. Comprendiendo que la Lista de verificación establece una interacción verbal entre el equipo como vía para confirmar que se garantizan las normas de atención adecuadas para cada paciente y el reconocimiento de aspectos débiles en el proceso de atención de la cirugía.

Sin embargo La aplicación exitosa de la Lista de verificación requiere su adaptación a las expectativas y los hábitos locales, lo cual no será posible sin el compromiso sincero de los líderes de los hospitales.

Para que la Lista de verificación tenga el éxito esperado, los jefes de servicio y departamentos de cirugía, anestesia y enfermería deben expresar su convicción de que la cirugía segura es una prioridad y de que la Lista OMS de verificación de la seguridad de la cirugía puede contribuir a hacerla realidad. Para demostrarlo, deberán utilizarla ellos mismos y preguntar periódicamente a los demás cómo avanza su aplicación, cómo va el monitoreo y seguimiento de los hallazgos. Si no existe un liderazgo demostrable, la introducción de una lista de esta índole puede alimentar el descontento y la oposición y terminar en la realización casi automática de la lista sin mayor repercusión.

Por lo que es necesario institucionalizar el uso sistematizado de la lista de cirugía segura entre los profesionales que intervienen en la cirugía mediante una Directiva de Implementación de la Cirugía Segura en los Centros Quirúrgicos del Hospital Dos de mayo dándoles a conocer la finalidad, el objetivo, el campo de aplicación, las bases legales, niveles de responsabilidad, las definiciones, lo que significa la seguridad quirúrgica, las unidades que participan en el proceso, las disposiciones específicas, el instrumento a utilizar, la aplicación del listado en los centros quirúrgicos, el llenado correcto de los formatos, análisis e interpretación de los resultados, seguimiento de los hallazgos, medidas correctivas inmediatas, medidas correctivas mediatas, evaluación mensual, evaluación anual, obtención de las tasas e indicadores.

La lista debe permitir la Evaluación Continua de la atención quirúrgica

El seguimiento y la evaluación de los resultados es un componente esencial de la atención quirúrgica. Muchos centros y departamentos ya dedican esfuerzos a estos procesos; la OMS recomienda encarecidamente que se adopte un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación del cumplimiento de la lista como medio de supervisión a escala hospitalaria y generalista, por ejemplo se recomienda que se deberían recoger de forma sistemática las cifras de muertes en el día de la operación y de muertes posoperatorias hospitalarias.

En combinación con el volumen de operaciones, esta información permite conocer a los departamentos quirúrgicos las tasas de mortalidad en el día de la operación y de mortalidad posoperatoria hospitalaria es decir la incidencia de los eventos adversos. Las tasas de mortalidad pueden ayudar a los cirujanos a identificar carencias en la seguridad y orientar a los médicos en la mejora de la atención.

Además de las muertes y complicaciones, también pueden incorporarse al sistema de evaluación medidas de proceso que puedan ayudar a identificar lagunas de seguridad y áreas mejorables. Una mayor observancia se asocia con mejores resultados y puede identificar puntos débiles del sistema de prestación de asistencia. Se puede proponer la medición, incluso con carácter intermitente, de la frecuencia con que se observa:

• La delimitación del sitio quirúrgico por el cirujano
• La realización de un control de seguridad del equipo y la medicación anestésica
• El uso del pulsioxímetro durante la administración de la anestesia en todos los casos
• La evaluación objetiva de la vía respiratoria
• El uso de indicadores de esterilidad para garantizar la adecuación de las prácticas esterilizadoras
• La administración de antibióticos profilácticos en el plazo de una hora antes de la incisión cutánea
• La confirmación verbal del paciente, el sitio y el procedimiento inmediatamente antes de la incisión en presencia de todos los miembros del equipo
• Comunicación preoperatoria del equipo para debatir aspectos clínicos, el plan operativo y otras cuestiones problemáticas
• Comunicación posoperatoria del equipo para comentar los problemas surgidos durante la intervención y los aspectos sobre la recuperación y el tratamiento del paciente.

Se ha demostrado que el uso de la Lista de la OMS para la Seguridad Quirúrgica mejora la observancia de normas básicas de atención quirúrgica en diversos hospitales de todo el mundo. Aunque es probable que la relación entre la observancia de las normas y el descenso de las tasas de complicaciones dependa de múltiples factores, la mejora de la seguridad y fiabilidad de la atención quirúrgica puede salvar vidas y fomenta la confianza en el sistema de salud por parte del paciente.

Una metodología de evaluación de la seguridad del paciente eficiente, efectiva y adaptada a las características asistenciales de nuestro hospital contribuirá con: el conocimiento de la magnitud, naturaleza y factores predisponentes contribuyentes de los eventos adversos; Planificar estrategias de monitorización y vigilancia; Orientar las políticas y priorizar las actividades dirigidas a su prevención.
Atte.

………………………………………..
Dr. Lincoln Maylle Antaurco
Médico Asistente del Servicio de Urología
Cc. Oficina de Gestión de la Calidad
Dpto. Cirugía

miércoles, octubre 06, 2010

Invitación a jornada Científica: CIRUGÍA SEGURA

Invitación a Jornada Científica: LA CIRUGÍA SEGURA SALVA VIDAS.

Lugar: COLEGIO MÉDICO

Fecha: jueves 07 de octubre 2010

Hora: 9 am.- 12 m.

Cómo realizar la cartilla de seguridad quirúrgica
Dr. Lincoln Maylle Antaurco
Lima-Perú
Mediante la Resolución Ministerial Nº533-2008/minsa de fecha 30 de julio 2008 se aprobó los criterios mínimos de la lista de chequeo de cirugía segura que ha debido implementarse en las diferentes dependencias y hospitales del Ministerio de Salud. Con la principal finalidad de disminuir la incidencia de eventos adversos en la atención de salud y que impone un elevado tributo en pérdidas finacieras y en costos.

Sin embargo hasta la fecha en algunos servicios de cirugía no se implementa esta cartilla de seguridad y en otros está la ficha pero el procedimiento no se llega a realizar como está indicado. En otros centros se han realizado incluso reuniones de compromiso para cumplir con realizar adecuadamente la verficiación quirúrgica pero que en la práctica no se cumple. Como ha ocurrido en el hospital Sabogal del callao donde se han comprometido los colegas.

Como se puede verificar la Cartilla para la seguridad quirúrgica que se viene implementado en las instituciones de salud adolece de defectos, entre ellos la que no contempla la clara identificación de los responsables en realizarla. Que no son los internos, ni los estudiantes de medicina, ni siquiera los residentes.

Esta cartilla señala la responsabilidades del cirujano, del anestesiólogo, de la enfermera y de la persona encargada de la verificación (verificador) sin embargo no consigna la identificación (sello y firma) de los mismos. Por la lógica elemental de que si no hay espacio definido para colocar el sello y firma, simplemente no se firma porque no hay donde.

Como tampoco consigna la verificación del funcionamiento correcto de los instrumentos y aparatos antes de empezar la cirugía, siendo incorrecto que se verifique algún problema por corregir después de la cirugía. Es completamente ilógico que la verificación del funcionamiento correcto de los instrumentos se realice después de haber operado. Lo que da lugar a que se obligue a operar con instrumentos que se encuentren fallando o con mínimas fallas. Lo correcto es que si algún instrumento presenta alguna falla, la cirugía debe detenerse, no se debe realizar.

Se debe recordar que la implementación para le ejecución del proceso de verficación mediante el uso de estas cartillas son de responsabilidad institucional desde que saliera la RM 533-2008 y que recién ahora que hay problemas por causas institucionales se están realizando medidas de corrección.

Debo puntualizar también que la verificación de la seguridad es un proceso que debe realizarse como está recomendado, sin embargo no se realiza como está indicado, algunas gestiones no se preocupan en que el proceso sea realizado efectivamente, siendo lamentable que le preocupe más que estén las firmas de los responsables aunque no se haya realizado el proceso como está indicado, tal como los consentimientos donde figura la firma del profesional y del paciente pero que nunca fueron realizados efectivamente. Esta situación es grave y segúramente va a degenerar en la continuación de los eventos médicos adversos pero por responsabilidad institucional como se puede demostrar.

¿Entonces cómo realizar el proceso de seguridad?
Observe el siguiente video sobre la manera didáctica de ejecutarlo ¿La institución donde usted trabaja lo realiza de esta manera?



sábado, octubre 02, 2010

Poema quechua por el médico anciano

En este més de la medicina envío este poema en homenaje a nuestros colegas que habiendo cumplido su tarea encomendada sus fuerzas y facultades ahora se sostienen de algún apoyo, como el que necesitaremos proximamente. Algunos a pesar de estar ancianos se aferran al inexpugnable tiempo y no tienen la capacidad de comprender que en la corta vida que tenemos sólo hay un pequeño espacio para cada cosa que deseamos lograr en la vida, pero hay otros que llegan a la vejez con sabiduría para dejar el espacio a la nueva generación.