martes, febrero 27, 2007

VIDEO: CIRUGÍA PLÁSTICA Y MUERTE

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Los alumnos inscritos al curso deben emitir un comentario médico legal sobre este video.

VENDO TRATADO DE NEGLIGENCIA MÉDICA-2007




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CONTENDIDO DEL LIBRO:
(730 Páginas, 39 capítulos divididos en parte teórica y Parte Práctica)

Contenido Página

PARTE TEÓRICA

1.- DERECHO MÉDICO, ÉTICA Y BIOÉTICA 20

Introducción al Derecho Médico ¿Qué es Derecho Médico?20.
Alcances del Derecho Médico 21.
Responsabilidad jurídica 22.
Características del Derecho Médico 23.
Normas éticas del profesional de salud 24.
El Juramento Hipocrático 26.
El Juramento Médico 27.
El secreto profesional 28.
Formación universitaria en Bioética 29.
¿Qué es Bioética?. ¿Qué es dignidad humana? Principios Bioéticos 30.
División de la Bioética. Breve historia de la Bioética en el Perú 31.

2.- FORMACIÓN DEL MÉDICO, ÉTICA Y REALIDAD 32

Dramática realidad de la ética del profesional de salud 32.
La formación universitaria del médico 34.
El crecimiento desproporcionado de las facultades y escuelas de medicina 34. Situación de la docencia universitaria en el hospital público 35.
Algunos datos estadísticos 35.
Comisión de Acreditación de Facultades de Medicina (CAFME) 36.
La Asociación Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM) 36.
La Recertifiación del Médico 37.
Elementos responsables en la Docencia Universitaria 37.
La problemática del Campo Clínico 38.
¿Qué está sucediendo con la Docencia en el recinto hospitalario? 38.
¿Qué papel tienen los alumnos? 40.
Prejuicios de los docentes reacios al cambio 40.
Base legal de la docencia: Normas vigentes de la docencia universitaria en el hospital público 41. Docencia y la Constitución Política del Estado 41. Ley de trabajo médico 42. Ley de Bases de la Carrera Administrativa 42. Reglamento y manual de organización y funciones 43. Reglamento de la actividad docente hospitalaria 43.
Sugerencias para mejorar el reglamento de Docencia de un hospital 44.
Irregularidades, Corrupción y Delitos en la actividad docente 45.
Situación actual del médico peruano recién egresado 46.

3.- ORGANIZACIÓN SOCIAL PARA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA VIDA 53

Organización social regida por la Constitución 53.
La Norma Constitucional 54. Artículos de la Constitución que rigen la salud 54.
De los derechos sociales y económicos 56. La salud como derecho humano 57.
Derecho al trabajo 58. Del régimen presupuestal 59.
La problemática del poder judicial 60.
El Ministerio Público 61. Defensoría del Pueblo 61.

4.- LINEMIENTO DE POLÍTICA EN EL SECTOR SALUD 63

Análisis de la situación de salud nacional 63.
Deficiente salud ambiental 64.
Educación, pobreza y enfermedad de la población 65.
Elevada desnutrición infantil y materna 65.
Elevada mortalidad infantil y materna 66.
Reducida cobertura y aumento de la exclusión 66.
Inadecuada formación del profesional de salud 66.
Inconducta de los prestadores de salud 66.
Limitado acceso a los medicamentos 67.
Ausencia de política de recursos humanos 67.
Segmentación, centralización e irracionalidad en el sector 67.
Desorden administrativo y ausencia de liderazgo del Ministerio de Salud 68.
Deterioro de la infraestructura, deficiente equipamiento, insumos escasos 68.
Financiamiento ineficiente e inequitativo 69.
Limitación de la participación ciudadana 70.
Necesidad de un sistema de seguro universal de salud 70.
Visión de la política de salud 70.
Misión de la política de salud 71.
Objetivos estratégicos del Ministerio de Salud 71.
Acuerdo de los partidos políticos en salud 72.

5.- REGLAMENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Y SERVICIOS MÉDICOS DE APOYO 78

Documentos técnicos normativos del presente reglamento 79.
Protocolos o guías de práctica clínica 79.
De las definiciones 80. Disposiciones generales 81.
De los Establecimientos de salud 83.
Del local 85. Del personal 86.
De los establecimiento de atención ambulatoria 88.
De los establecimientos de internamiento 88.
De las historia clínicas 90.
Del servicio de atención de emergencias 92.
De los servicios médicos de apoyo 93.
De la garantía de calidad en los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo 95.
De la docencia e investigación 97.
De la verificación sanitaria 98.
De las medidas de seguridad , infracciones y sanciones 99.

6.- DERECHOS DE SALUD DEL CONCEBIDO 103

Concepto de persona humana 103.
La vida humana comienza con la concepción 103.
Normas que protegen los derechos del concebido 104.
El concebido frente a la anticoncepción oral de emergencia 106.
Visión cristina 108. Visión del Colegio Médico 108.
Comunicado de la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología 108.
Pronunciamiento médico contra la píldora del día siguiente 109.
Comunicado bioético sobre la píldora del día siguiente 110.

7.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PACIENTE.
DERECHOS DE LOS PROFESIONALES DE SALUD 113

Declaración de Lisboa sobre los derechos del paciente 113.
Derechos reconocidos por la Asociación Americana de Hospitales 114.
Consentimiento del paciente 115.
Obligaciones del paciente 115.
Derechos del paciente: Ley General de Salud Vigente 116.
Opinión Jurídica sobre los derechos del paciente 118.
El comportamiento ideal del médico según los pacientes 119.
Derechos de los profesionales de salud 120.
Carta de los derechos generales del profesional de salud 120.

8.- EL CONSENTIMIENTO INFORMADO VÁLIDO 123

Concepto del consentimiento 123.
Marco legal del consentimiento del paciente 124.
El consentimiento informado es una obligación legal 124.
El consetimiento informado es un derecho del paciente 124.
La información dada al paciente debe ser adecuada 125.
El consentimiento informado es retractable 125.
El consentimiento informado exime de responsabilidad penal 126.
¿Quién debe realizar el consentimiento informado? 126.
Protocolo, guía de tratamiento y consentimiento informado 126.
Información de los riesgos 127.
Teoría del riesgo permitido 127.
Riesgos previsibles injustificables 128.
Riesgos imprevisibles. Hechos fortuitos 129.
¿Dónde debe constar el consentimiento informado? 129.
El documento de consentimiento informado 129.
Ejemplos de documentos de consentimiento informado 130
Algoritmo del consentimiento informado 138.

9.- PROCESO DE EVALUACIÓN DE LA ATENCIÓN MÉDICA 139

Limitaciones de la valoración 139.
La atención médica como proceso administrativo 140.
La atención médica como sistema 141.
Características del sistema de atención médica 141.
Evaluación de los sistemas de atención médica 142.
Calidad de la atención médica 142.
Evaluación de la calidad 144.

10.- MALA PRÁCTICA MÉDICA. ASPECTOS JURÍDICOS 145

El hecho negligente 145.
¿Qué es el acto médico? 145.
¿Qué es mala práctica médica? 147.
Condiciones del trabajo médico. Especialidades de alto riesgo 146.
Riesgo de complicaciones en Oftalmología 147.
Complicaciones en la cirugía plástica estética 148.
Riesgos en cirugía pediátrica 148.
Actos dolosos y culposos ¿Qué es la culpa? 150.
Formas de culpa por acto médico 150.
Impericia. Imprudencia. Negligencia. Inobservancia de reglamentos. 151
¿Porqué la ley sancional los actos culposos si no hay dolo? 152.
Consideraciones fundamentales en la prevención del delito culposo 152.
Relación de actos médicos dolosos 153.

11.- RESPONSABILIDADES DEL EJERCICIO MÉDICO 155

Evasión de la responsabilidad 153.
1.- Responsabilidad moral 156.
2.- Responsabilidad ética 157.
Código de Ética y Deontología Médica. Principios generales 157.
De los derechos del paciente 159. De la relación médico-paciente 160.
De los documentos médicos: historia clínica y otros registros 161.
De la docencia e investigación 162.
De las faltas y sanciones 162. De las sanciones 163.
Del Comité de Vigilancia Ética y Deontológico 164.
Del Comité de Asuntos Contenciosos y procedimientos Disciplinarios 165.
Del Procediminto Ético Disciplinario 165.
De las causas que atenúan la responsabilidad 166.
De las causas agravantes de responsabilidad 166.
De la denuncia: del contenido de la denuncia 166.
Requisitos para la presentación de denuncias ante el Consejo Regional 167.
Del trámite de la denuncia 167.
Ruta que sigue una denuncia presentada ante el Colegio Médico 171.
Código de ética de la función pública 170.
Reglamento del código de ética de la función pública 171.
Principios, deberes y prohibiciones éticas de los empleados públicos 172.
Infracciones éticas de los empleados públicos 173.
Sanciones y procedimiento 173.
Del procedimiento administrativo disciplinario 174.
3.- Responsabilidad administrativa 176.
Decreto Legislativos 276: Ley de Bases de la Carrera Administrativa 176.
Faltas disciplinarias 176.
Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa 177.
Faltas cometidas por funcionarios públicos que constituyen delito 178.
El paciente y la coima 178.

12.- RESPONSABILIDAD PENAL DEL EJERCICIO MÉDICO 180

¿Qué es el delito? 180.
¿Qué es responsabilidad penal del profesional de salud? 180.
Causas que eximen de responsabilidad penal 181.
No son eximencias válidad 181.
Inicio del proceso penal 182.
Mandato de detención o comparecencia 182.
Clases de penas. La pena de inhabilitación 183.
Eliminación de inhabilitación en delitos culposos 184.
Delito contra la vida el cuerpo y la salud: homicidio culposo 186.
Descripción típica y pena. Concepto. Consideraciones generales. Elementos constitutivos. Bien jurídico protegido. Sujeto pasivo. Sujeto activo.
Delito contra el cuerpo la vida y la salud: Lesiones culposas 188.
Descripción típica y pena. Concepto. Consideraciones generales. Elementos constitutivos. Bien jurídico protegido. Sujeto pasivo. Sujeto activo. Gravedad de la lesión. Lesiones graves. Lesiones leves.
Delitos dolosos en el ejercicio médico 190.
1. Aborto 190.
2. Mutilaciones y lesiones 191 .
3. Eutanasia (homicidio piadoso) 191.
4. Violación de la Libertad Sexual 191.
5. Intermediación onerosa de órganos y tejidos 191.
6. Violación del Secreto Profesional 191.
7. Delito contra la fe pública 192.
8. Ejercicio ilegal de la medicina 192.
9. Ejercicio malicioso de la medicina 192.
10. Clonación de seres humanos 193.
11. Exposición, abandono de persona en peligro 193.
12. Abandono agravado 193.
13. Daño al concebido 194.
14. Tortura 194.

13.- RESPONSABILIDAD CIVIL DEL EJERCICIO MÉDICO 195

Conversión del acto médico lícito en ilícito 195.
Desarrollo de la responsabilidad civil 196.
Responsabilidad contractual o extracontractual 197.
Naturaleza del contrato médico 198.
Obligaciones de medios o de resultados 199.
Causalidad en el derecho civil 199.
¿Cuáles son las clases de daño? 200.
Responsabilidad extracontractual 201.
La reparación civil 202. Determinación de la reparación civil 203.
La responsabilidad solidaria 204. Reparación civil contra terceros 205.

14.- RESPONSABILIDAD ANTE INDECOPI 207

Derechos de los consumidores. Obligaciones del proveedor 207.
¿Qué son servidores profesionales? 208.
¿Qué espera un consumidor respecto de un servicio médico? 208.
¿En qué consiste la obligación de los médicos? 209.
¿Qué información deben brindar los profesionales a los consumidores? 209.
¿En qué consiste un servicio médico idóneo? 210.
¿Qué sucede cuando se efectúa un diagnóstico errado? 210.
Medidas correctivas: ¿Qué es una medida correctiva? 211.
¿Cuándo procede ordenar medidas correctivas? 211.
¿Puede un consumidor solicitar indemnización por daños y perjuicios? 212.
Ley de Protección al Consumidor 214.
De los derechos de los consumidores 215. De la información de oferta de bienes y servicios 217. De la responsabilidad frente a los consumidores 218. De las infracciones y sanciones 219.
Casos sancionados por Indecopi: Tribunal sanciona con 45 UIT a establecimientos de salud 222. Tribunal sanciona con 100 UIT a laboratorio 223.

15.- ANESTESIÓLOGOS Y RESPONSABILIDAD LEGAL 235

La responsabilidad civil y penal 235.
Causas más frecuentes que motivan una acusación legal 239.
Lo mejor es prevenir 241.
Estadísticas del paro cardiaco asociado a la anestesia 242.
Aspectos médico legales de la anestesia en el trauma 244.
Imprudencia en anestesiólogía 245. Impericia 245. Casos imprevisibles 246.
Responsabilidad ética. Nociones jurídicas 247. Responsabilidad civil 248.
Responsabilidad penal 249.

16.- RESPONSABILIDAD EN EL USO DE MEDICAMENTOS 251

Niveles de responsabilidad 251.
Normas legales relacionadas a la prescripción de medicamentos 252.
Ley general de salud y la prescripción de medicinas 252.
Reglamento de establecimientos farmacéuticos 253.
Reglamento de estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias sujetas a fiscalización saniaria 254.
Prácticas incorrectas en la prescripción de medicamentos 256.
Responsabilidad por la sustitución de medicamentos 257.
No al cambio de receta 257.
Responsabilidad en el proceso de farmacovigilancia 259.
Dispositivos legales del sistema peruano de farmacovigilancia 260.
Responsabilidad en la promoción y publicidad de medicamentos 261.
Responsabilidad en la vigilancia sanitaria de los medicamentos 262.
De las medidas de seguridad, infracciones y sanciones 268.
Responsabilidad por el comercio ilegal de medicamentos 279.
Responsabilidad penal por producción, venta, uso indebido, de medicamentos vencidos, falsificados, adulterados 271.

17.- LA RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL 272

Agua, alimentos, drenajes, desechos 272.
Responsabilidad por la seguridad electrónica de equipos 273.
Decálogo de riesgos por el uso de equipos electrónicos 274.
Ley General de Salud y la responsabilidad de las instituciones de salud 275.
La institución de salud como tercero civilmente responsable 276.
Informe de la Sociedad Peruana de Anestesia, Analgesia y Reanimación 276.
Cirujanos afrontan problemas de carencia de equipos 177.
Crisis de la imagen institucional. Crisis de identidad y moralidad 278.
Imagen institucional: misión más visión de la institución 279.

18.- CORRUPCIÓN INTRAHOSPITALARIA GRAVE CONDICIONANTE DE MALA PRÁCTICA PROFESIONAL 281

Análisis: ¿Porqué persiste la corrupción intrahospitalaria? 281.
Cursos de gerencia y administración hospitalaria 285.
La pobre imagen de Carrión. ¿Quién tiene la culpa del sistema corrupto? 286.
Hacia la erradicación de la corrupción 287.
Inspección interna de la corrupción 289.
¿Qué han dicho las gestiones anteriores? 291.
Análisis de caso: Conspiración para una destitución 293.
Triple de responsabilidad de servidores y funcionarios públicos 295.
Delitos de funcionarios y servidores públicos: Abuso de autoridad. Concusión. Peculado. Corrupción de funcionario. Prevaricato 297.

19.- SEGURO OBLIGATORIO CONTRA NEGLIGENCIAS EN SALUD 299

Proyecto de ley para crear figura de mala práctica profesional 299.
Proyecto de ley que establece los derechos del paciente 306.
Población aprueba el seguro médico obligatorio 308.
Consumidores defienden el seguro médico obligatorio 309.
Pronunciamiento del Colegio Médico del Perú 309.
Pronunciamiento de Asociación Pro-Derechos Humanos 311.
Pronunciamiento de Coalición por los derechos humanos en salud 313.
Opinión de un abogado: la experiencia europea en seguros 316.
Pronunciamiento de Asociación Médica Peruana 319.
Pronunciamiento de Estudiantes de Medicina 320.
Ventajas y desventajas de compañias de seguro por riesgo médico 321.
Otras alternativas de solución ante daños por negligencia médica 324.
El sistema de compensación por daños 324.
Ministro de Salud propone crear fondo contra errores médicos 325.
Asociación Salud&Derechos propone fondo para indemnización 325.
Proyecto de ley que crea el seguro de responsabilidad médica 327.
Iniciativa legislativa de Coalición por los Derechos Humanos en Salud: Ley de derechos y obligaciones de las personas usuarias en los servicios de salud 329.

20.- LA DENUNCIA POR NEGLIGENCIA MÉDICA.
ÉTICA DEL ABOGADO. 338

El médico debe estar preparado para enfrentar una demanda 338.
El paciente como parte demandante 339.
Características de las demandas por negligencia realizadas por el paciente 339.
Centros públicos de salud no tienen órgano para canalizar quejas 340.
El abogado del paciente 341. Situación de la ética y formación profesional del abogado 342. ¿Qué abogao elegir? 343.
Recomendaciones para la asesoría y defensa en problemas médico legales 345.
Decálogo de recomendaciones para la asesoría y defensa 346.
Casos por el que hay mayores reclamos 346.
Recomendaciones de un abogado para denunciar una negligencia médica 349.
Código de Ética del Colegio de Abogados del Perú 351.

21.- EL PERIODISMO Y LAS DENUNCIAS POR MALA PRÁCTICA
MÉDICA 353

El periodismo especializado 353. ¿Prensa amarilla? 354.
Repercusión de las denuncias 355.
Puntos de vista de un médico periodista 355.

22.- INVESTIGACIÓN DE DENUNCIAS: LA AUDITORÍA MÉDICA 357

Introducción. ¿Qué es auditoría médica? 357.
Tipos de auditoría médica 358. ¿Qué objetivos persigue? 359.
¿Quiénes realizan la auditoría médica? 360.
¿Qué cualidades debe tener el auditor médico? 360.
¿Cómo funciona la auditoría médica? 361.
Historias clínicas de obligado análisis por el comité de auditoría 362.
Hallazgos de los auditores 362. Algunas conclusiones de los hallazgos 363.
Adecuación de los estándares, protocolos y guías 363.
Es estándar: ¿Qué se estandariza? 364.
Indicadores de calidad de salud 364. Ejemplo de indicadores de calidad 365.
Normatividad de la auditoría médica: Código de Ética del Colegio Médico del Perú 365. Ley General de Salud y la auditoría médica 366. Norma técnica de auditoría de la calidad de atención en salud 366.
Definición de términos 367.
Base documentaria de la auditoría médica 368.
Proceso de auditoría médica 369.
Las no conformidades 369.
Relación de no conformidades menores 370.
Relación de no conformidades mayores 372.

23.- EJEMPLO PRÁCTICO DE AUDITORÍA DE HISTORIA CLÍNICA 375

Integrantes. Partes del informe. Resumen de historia clínica 375.
Enfermedad actual 376.
Hallazgos en la auditoría de la historia clínica 377.
Evaluación dela calidad de la historia clínica 377.
Evaluación de la calidad dela atención médica 377.
Hallazgos de no conformidades mayores y menores 378.
Acciones correctivas y preventivas. Calificación final 378.
Ficha de cotejo de historia clínica 379.

24.- EJEMPLO DE PROTOCOLO O GUÍA DE ATENCIÓN
(BASE PARA LA AUDITORÍA MÉDICA) 381

El expediente clínico completo 381.
Protocolo de atención del servicio de anestesiológía 382.
Protocolo de atención del servicio de Urología 387.
Información de los riesgos 392.
Información delos costos de la atención 393.
Informe de la técnica operatoria 394.
Protocolo de atención de enfermería 396.

25.- INVESTIGACIÓN DE LA DENUNCIA POR NEGLIGENCIA MÉDICA
ETAPA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL Y FISCAL 400

Etapa de investigación policial 400.
Etapa de investigación fiscal 402.

26.- ANÁLISIS MÉDICO LEGAL DE LA HISTORIA CLÍNICA 404

Consideraciones esenciales previas 404.
La acreditación de la diligencia corresponde al profesional de salud 405.
La historia clínica e importancia legal 406.
Requisitos de la historia clínica 410.
Valor probatorio de la historia clínica 411.
Características de una buena historia clínica 412.
Responsabilidad por el manejo de la historia clínica 414.
Responsabilidad penal en el uso de la historia clínica: Uso indebido de archivos computarizados 415. Violación del secreto profesional 416. Atentado contra
documentos que sirven de prueba en el proceso 416. Falsificación de documentos 416. Falsedad ideológica 416. Omisión de consignar declaración en documentos 416. Supresión,destrucción u ocultamiento de documentos 416. Expedición de certificado médico falso 416.
Historia clínica y la responsabilidad civil 417.
La relación de causalidad es un presupuesto sin el cual no existe responsabilidad civil 418. La responsabilidad médica tiene riesgos y contingencias 419.
Custodia y conservación de la historia clínica 420.
Depuración de historias clínicas 420. Confidencialidad y acceso 421.
Propiedad de historia clínica, del contenido y propiedad intelectual 422.
Anotaciones que no deben faltar en la historia clínica 422.
Norma técnica de la historia clínica de los establecimientos del sector salud 422.
Definición de términos 424.

27.- EL PERITAJE MÉDICO LEGAL 432

Documentación relacionada 432.
Definición, importancia e implicancias de la actividad pericial 433.
El perito y su competencia profesional 433.
Calidad del trabajo médico legal y la actividad pericial 434.
El peritaje de parte y el perito judicial 435.
La pericia médico legal y el Código de Ética del Colegio Médico 436.
Clases de pericias 436.
Peritos forenses carecen de equipos básicos 437.
El dictamen pericial. Desarrollo del documento 438.
Recomendaciones finales. El debate pericial 440.

28.- LOS PROBLEMAS MÉDICO LEGALES
PUNTOS DE VISTA DE LAS INSTITUCIONES MÉDICAS 441

Visión del Colegio Médico del Perú 441.
Programa de prevención y asesoría médico legal para el médico 442.
Sanciones impuestas por el colegio médico por negligencia médica 442.
Visión de la Federación Médica del Perú 443.
Asesoría y defensa legal del médico 444.
Visión de la Sociedad Peruana de Previsión de Negligencia médica 445.
Declaración de la Asociación Médica Mundial 446.
Visión de la Sociedad Peruana “Defensores del Acto Médico”449.
Visión de la Sociedad Peruana de Auditoría Médica 449.
Visión de la Asociación Médica Peruana 450.
Posición del Colegio de Enfermeros del Perú 451.

29.- RECOMENDACIONES PARA EVITAR CONFLICTOS
MÉDICO LEGALES 453

30.- MEDIOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS MÉDICO LEGALES:
LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL 456

Medios alternativos de resolución de conflictos (MARCS) 456.
Negociación distributiva e integrativa 456.
Mediación. Conciliación. Arbitraje. Transacción 457.
La conciliación extrajudicial. concepto 457.
Ventajas o beneficios de la conciliación 458.
Diferencias entre la conciliación judicial y la extrajudicial 459.
Marco legal dela conciliación 460.
Materias conciliables en lo civil. Familiar 461
Conciliación en materia de salud 462.
Materias no conciliables 462.

PARTE PRÁCTICA

31.- CONFERENCIA:
“DELITOS DOLOSOS Y CULPOSOS DEL PROFESIONAL DE SALUD” 464

32.- EPIDEMIOLOGÍA Y DATOS ESTADÍSTICOS DE NEGLIGENCIAS
MÉDICAS. 479

33.- CASOS DE MALA PRÁCTICA MÉDICA 521

34.- REPORTE DE CASOS NEGLIGENTES 527

35.- ANÁLISIS CLÍNICO, MÉDICO Y JURÍDICO DE CASOS 569

36.- JURISPRUDENCIA PENAL EN NEGLIGENCIA MÉDICA 591

37.- ANÁLISIS DE CASOS PENALES Y AUTOEVALUACIÓN 676

38.- ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL DETALLADO DE CASO 689

39.- PREGUNTAS PARA AUTOEVALUACIÓN 714

40.- BIBLIOGRAFÍA






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domingo, febrero 25, 2007

CURSO ESPECIALIZADO EN DERECHO MÉDICO

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CURSO
ESPECIALIZADO
EN DERECHO MÉDICO

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Costo del curso completo: 50 soles

A lo largo de estos últimos años, hemos venido predicando la importancia de los aspectos legales en el ejercicio de los profesionales de la salud. Incluidos todos sin discriminación, porque todos ante la ley tenemos y debemos las mismas obligaciones, deberes y derechos. Los introductorios cursos sobre la ética normativa, la bioética, la normas Hipocrática han significado teorías modernas difusas poco concretas cuando se trata de las implicancias al momento en que se nos sindica una responsabilidad.

Las diversas teorías de la ética en su contexto específico están muy bien determinadas en el Código de ética y Deontología institucional según la profesión de que se trate. Así, Médicos, Odontólogos, Enfermeras, Abogados, Periodistas y otros tienen su respectivo Código Deontológico, el que simplemente tienen que aplicar en su vida profesional diaria. Pero cuando de enfoca la responsablidad jurídica viene y trasciende los incomprendidos y poco estudiados códigos de obligado cumplimiento, como lo es entre otros la aplicación del Código Penal, las normas administrativas, etc. en el ejercicio profesional, los cuales se transgreden incluso por desconocimiento, con las previsibles consecuencias predeterminadas en sus contenidos.

¡Hay que evitar caer en culpa profesional! ¿a qué culpa nos referimos? Si en este instante el lector no tiene en mente las culpas a las que nos referimos, evidentemente hay ignorancia, y donde hay ignorancia está el peligro de caer, de cometer, de realizar lo prohibido. ¿Culpa de lesionar? ó ¿Culpa de matar a un paciente? Entonces ya se circunscribe la responsabilidad. Ahora el acucioso profesional médico, abogado, periodista puede describir y conceptuar en que instantes y porqué se produce la lesión o el homicidio culposo. Los unos para ejercer la adecuada defensa, y los otros para prevenir el hecho; en el caso de los jueces para la mejor administración de justicia. Son parte de los objetivos concretos de los Diplomados, Maestrías y Doctorados en Derecho Médico.

Este proyecto ha realizarse proximamente por primera vez en el Perú ha sido posible gracias a personas que en su formación profesional en Derecho y/o Medicina han visto la ineludible necesidad de una formación integral en el área por parte de los profesionales de la salud, vacío de la actual currícula universitaria, que viene produciendo consecuencias incluso al inicio del ejercicio laboral.

Poco se inculca para la responsabilidad jurídica, administrativa, civil, penal. Existiendo en el nuevo trabajador de salud casi un total desconocimiento del riesgo que ha adquirido ante cada uno de sus actos a diario y en adelante con sus pacientes. Desconoce que puede incurrir en un delito común como consecuencia de su mala actividad profesional o tiene el prejuicio de que los códigos penales no le alcanza porque "su accionar siempre será para hacer el bien".

Entonces vemos más allá: Hay la necesidad de introducir en los cursos de las carreras de medicina y derecho, este novísimo y fundamental conocimiento en los aspecto legales médicos acorde con la normatividad vigente, acorde con los adelantos médico legal y científicos, fundamentalmente para prevenir los problemas y evitar lamentaciones apenas al principio de la carrera, y también porqué no, para aprender a evitar situaciones de riesgo innecesario. Se ha dicho que "Más vale perder un minuto en la vida, que la vida en un minuto", en nuestras conferencias siempre recordamos que una personalidad definida que conoce sus derechos y obligaciones siempre está atento a preferir "evitar una cirugía con riesgo de vida del paciente, prefiero tener un paciente vivo con el padecimiento inevitable de su enfermedad, que un paciente muerto como consecuencia del intento de una cirugía de alto riesgo". "Más vale perder 800 dólares por matar una vida, que matar una vida y permanecer 800 días preso". En nuestro medio la ética nos condena a sufrir el castigo de la conciencia por el resto de nuestros días. Sin embargo, con cuanta facilidad, con cuanta inconciencia se practican los abortos seguros, "hecho por profesionales" antes que "por empíricos", con la finalidad de procurarse el ingreso económico en un medio de tanta competencia, de tantos profesionales de la salud.

Hablábamos de la corrupción en la administración pública, como factor que incrementa las malas prácticas profesionales (incluyo todos: de la salud, del derecho, periodismo,etc.). Ahora se están dando a conocer actividades de los profesionales al servicio de la corrupción, de delincuencias criminal, del tráfico de órganos, del tráfico de niñós, del tráfico de gestantes, del tráfico de cadáveres, del tráfico de personas como si fueran objetos en venta. Lamentablemente ahora se reconoce que la mafia, los que creen dominarlo todo con el poder del dinero, en ocasiones logran dicho dominio: pueden inventarse enfermedades "certificados" por médicos para evadir la acción oportuna de la justicia; alguno generale Rh (-) tienen bajo su servicio a un subalterno Rh (-), como su seguro a utilizar en el momento que lo requiera; en las puertas de los hospitales se comerializa la sangre para las cirugías y tienen un precio pre establecido; con anticipación se planifica el tráfico de niños para preservarlos como fuente de órganos; los heridos en los accidentes de tránsito son comercializados por el personal que los traslada a las clínicas con quienes tienen un previo acuerdo; se realizan variantes de abortos para evitar la acción de la ley; muchas cirugías totalmente innecesarias se llevan a cabo; en estos momentos nuestra nación vive la cruel realidad de una cesarea con muerte de la paciente, para una presunta actividad delictiva, siendo el responsable de la cirugía un profesional de la salud.

Todas estas situaciones que son parte de una realidad, no se tocan en las aulas universitarias enclaustradas, no se analizan en su verdadero contexto , y el nuevo profesional sale con una ceguera legal que prácticamente lo expone y entrega a las manos de la mafia, de la delincuencia, de los delitos, porque todavía persiste el prejuicio de que el ejercicio profesional es excelso, que sólo busca el bien jamás el mal. ¡Hay que despertar a la nueva generación de su letargo y sumisión al conocimiento simplemente médico científico! ¡Hay que trabajar para sacudir a los jóvenes para que entiendan que su profesión tiene un gran riesgo que deben aprender a evitar, tal como aprenden la terapéutica, tal como aprenden la forma de tratar a los pacientes: Siempre ha sido la primera excusa "yo no sabía que estaba prohibido" "yo sólo cumplía con mi deber", ha llegado el momento de liberarno de este letargo legal.

sábado, febrero 24, 2007

VIDEO: El increible caso del falso médico pediatra

http://www.youtube.com/watch?v=ysXJSBhgvF0

jueves, febrero 22, 2007

CASO PARA JURISPRUDENCIA EN NEGLIGENCIA MÉDICA

http://www.youtube.com/watch?v=c7t7X7zeTYI
¿EN QUÉ TERMINÓ EL PRESENTE CASO?
La manera en que ha terminado el presente caso es un buen ejemplo o caso muy útil para tenerlo en cuenta en la jurisprudencia administrativa.
¿PORQUÉ?
Por las siguientes resoluciones.
RESOLUCIÓN DEL COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ
Al cabo de seis meses el Colegio Médico del Perú le dió la razón a Anelhi Arias Barahona, respecto a la denuncia interpuesta contra el médico César Olaya por mala práctica en la profesión. Se ha demostrado en el proceso de investigación que el citado galeno ha venido usurpando la especialidad de Endocrinólogo actuando como tal sin tener el título de especialista. Se señala que el tratamiento para bajar de peso corresponde con exclusividad al médico internista y al endocrinólogo, y no a médico generales como lo es Olaya. Por estar razones el Consejo Regional de Lima del Colegio Médico del Perú resolvió imponer la Sanción Ètica de Amonestación Pública ak Dr. César Olaya por infracciòn a los artículos 14, 22, 34, 35 y 43 del Código de Ètica y Deontología del Colegio Médico del Perú.
RESOLUCIÓN DE INDECOPI
Indecopi interpuso una multa de 34,500 soles al Dr. César Olaya por comerciar y recetar a sus pacientes pastillas con Sibutramina y Tiratricol sin el correspondiente rotulado, sin la correspondiente información de los efectos secundarios y precauciones que deben observar al utilizarlos. Así también ha dispuesto el cierre temporal de la clínica por 60 días como medida ejemplarizadora.

jueves, febrero 15, 2007

SEMINARIO NACIONAL: RESPONSABILIDAD LEGAL EN LOS SERVICIOS MÉDICO QUIRÚRGIC0S

Bienvenidos al seminario nacional "RESPONSABILIDAD LEGAL EN LOS SERVICIOS MÉDICO QUIRÚRGICOS". Accederá gratuitamente al primer tema titulado DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PACIENTE EN LOS SERVICIOS MÉDICO QUIRÚRGICOS. Para acceder a todos los temas deberá estar inscrito en el curso "NEGLIGENCIA MÉDICA SANITARIA Análisis, ético, médico y jurídico" ingresar a Inscripción al curso "NEGLIGENCIA MÉDICA SANITARIA Análisis, ético, médico y jurídico" ingresar a CURSO: NEGLIGENCIAS MÉDICAS 100% Internet
El seminario Consiste en el desarrollo de los siguientes 7 temas:

1.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PACIENTE EN LOS SERVICIOS MÉDICO QUIRÚRGICOS

2.- DERECHOS DE LOS PROFESIONALES DE SALUD.

3.- EL CONSENTIMIENTO INFORMADO EN LOS PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS

4.- MODELO DE PROTOCOLO O GUÍA DE ATENCIÓN EN CIRUGÍA

5.- RESPONSABILIDAD MÉDICO LEGAL EN UN SERVICIO ESPECÍFICO (Ejemplo: en el servicio de Urología)

6. - RESPONSABILIDAD PENAL EN CIRUGÍA UROLÓGICA

7.- DELITOS CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD HOMICIDIO Y LESIONES CULPOSAS

8.- DELITOS DOLOSOS EN EL EJERCICIO MÉDICO.


A continuación desarrollamos el primer tema (Para acceder a los 7 temas solicitar inscripción al curso "NEGLIGENCIA MÉDICA SANITARIA Análisis, ético, médico y jurídico" ingresar a CURSO: NEGLIGENCIAS MÉDICAS 100% Internet y al correo lincolnmaylle@hotamil.com para enviarle la clave de ingreso al seminario completo y al curso)


1.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PACIENTE EN LOS SERVICIOS MÉDICO QUIRÚRGICOS
DERECHOS DEL PACIENTE
Dentro de los que se entiende por justicia en sus diversos estratos se encuentran los derechos de los pacientes como persona humana. Por increíble que parezca muchos profesionales de la salud desconocen que los pacientes tienen derechos reconocidos internacionalmente, que son una parte de los irrenunciables derechos humanos: derechos civiles y políticos, a la vida, a la salud, a la libertad, a defenderlos cuando los considere amenazados y demandar cuando se considere afectado por una mala práctica profesional. Algunos profesionales conociendo de estos derechos en la práctica suelen ignorarlos porque su aplicación no le conviene a sus intereses particulares. Parecen desconocer que la salud ha dejado de ser una cuestión privada para convertirse en problema público. Sin pretender desconocer la autoridad científica del médico ni su habilidad técnica. Se ha observado también que algunos pacientes o sus familiares desconocen que tienen expedito el derecho a reclamar o demandar cuando son víctimas de un trabajo profesional descuidado en la práctica quirúrgica diaria. Estos derechos son los siguientes:

DECLARACIÓN DE LISBOA SOBRE LOS DERECHOS DEL PACIENTE, 1981.
Declaración adoptada en Lisboa, 1981. En Asamblea Médica Mundial. Cuando una legislación o acción del gobierno niega estos derechos de los pacientes, los médicos deben buscar los medios apropiados para asegurar o restablecerlos:

a) El paciente tiene derecho a elegir libremente a su médico. Implica que para elegir debe conocer los antecedentes de dos o más médicos. No se le debe imponer.

b) El paciente tiene derecho a ser tratado por un médico que goce de libertad para hacer juicios clínicos y éticos sin ninguna interferencia exterior.

c) Después de hacer sido adecuadamente informado sobre el tratamiento quirúrgico, el paciente tiene derecho a aceptarlo o rechazarlo. Remarcamos el adecuadamente informado.

d) El paciente tiene derecho a confiar en que su médico respete la confidencialidad de todos los datos médicos y personales que le conciernen.

e) El paciente tiene derecho a morir con dignidad.

f) El paciente tiene derecho a recibir o rechazar la asistencia espiritual o moral, incluso de un ministro de la religión apropiada.

DERECHOS RECONOCIDOS POR LA ASOCIACIÓN AMERICANA DE HOSPITALES

1.- El paciente tiene derecho a que se atienda con consideración y respeto.

2.- El paciente tiene derecho a obtener de su médico toda la información disponible
relacionado con el diagnóstico, tratamiento y pronóstico en términos razonables, comprensibles para él. Cuando médicamente no sea aconsejable comunicar esos datos al paciente habrá de suministrarse dicha información a una persona adecuada que lo represente. El paciente tiene derecho a saber el nombre completo del médico responsable de coordinar su atención.

3.- El paciente tiene derecho a que su médico le comunique todo lo necesario para que pueda dar su consentimiento informado, previamente a la aplicación del procedimiento quirúrgico. Excepto en las urgencias, la información que ha de darse al paciente, para que pueda dar su consentimiento informado, ha de incluir por lo menos lo relativo al procedimiento o tratamiento específico, los riesgos médicos significativos y la probable duración de la discapacidad. Cuando hay otras opciones de atención o tratamiento médicamente significativas o cuando el paciente quiere conocer otras posibilidades, tiene derecho a recibir dicha información. El paciente tiene derecho también a saber el nombre completo de la persona responsable de los procedimientos o del tratamiento.

4.-El paciente tiene derecho a rechazar el tratamiento en la medida que le permita la ley. También tiene derecho a ser informado de las consecuencias médicas de su acción.

5.-El paciente tiene derecho a que se tenga en cuenta su intimidad con relación a su propio programa de atención. La discusión del caso, las consultas, las exploraciones y el tratamiento son confidenciales y deben conducirse con discreción. Quienes no estén directamente implicados en su atención deben tener autorización del paciente para estar presentes.

6.-El paciente tiene derecho a que las comunicaciones y registros relativos a su atención sean tratados confidencialmente.

7.-El paciente tiene derecho a esperar que un hospital, de acuerdo con su capacidad, le dé una respuesta razonable a su petición de servicios. El hospital debe brindar una evaluación, un servicio o la remisión a otra institución según le indique la urgencia del caso. Si es médicamente permisible, un paciente puede ser transferido a otro centro, sólo después de haber recibido completa información sobre la necesidad de dicho traslado y una explicación completa sobre las opciones posibles. La institución a la que va a ser transferido el paciente ha de dar una aceptación previa a dicha transferencia.

La legislación contempla ahora que el paciente tiene derecho a:

Demandar a los profesionales y entidades por mala práctica profesional.
El derecho a exigir de parte del médico su acreditación de especialista.
El derecho a exigir el pago de indemnización que cubra los daños y perjuicios causados.

OBLIGACIONES DEL PACIENTE

Está plenamente establecido que los derechos del paciente son irrenunciables y deben respetarse. También se establecen ciertas obligaciones que el paciente debe cumplir, entre otras son las siguientes:

1. El paciente está obligado a tratar a los profesionales de la salud con lealtad, decoro, cortesía y respeto: Lo que significa que el trato entre paciente y médico debe ser comunicación fluida en el marco de la cordialidad, respeto y normas elementales de cortesía cuyo fruto será la confianza, con el mas irrestricto respeto a los derechos humanos de ambas partes. Por tanto el paciente y sus familiares deberán inhibirse de hacer comentarios con terceros sobre aspectos de la vida profesional o personal de su médico.

2. Tiene la obligación de suministrar a su entender, información precisa y completa sobre la enfermedad motivo de su asistencia.

3. Es obligación del paciente no insinuar menos ofrecer dádivas a cambio del derecho de ser atendido en la forma pre establecida: Lo que no significa que el paciente se prive de demostrar emociones o sentimientos de gratitud o complacencia con su médico.

4. Resarcir y pagar la correspondiente indemnización a profesionales y/ o entidades de salud por el daño causado por una demanda infundada: Derecho del médico y de los trabajadores de salud se encuentra amparado en el Código Civil vigente.

5. No solicitar a profesionales servicios que incluyan actos contrarios a la moral, o a la legislación vigente: Significa la obligación de los pacientes y familiares de abstenerse a insinuar o solicitar actos de omisión o comisión que estén reñidos con la ética y deontología profesional del médico y contra la moral y la legislación penal, civil y administrativa.

6. Seguir rigurosamente las indicaciones y tratamientos prescritos. No automedicarse: lo que se traduce en estar obligado a seguir literalmente las indicaciones del facultativo en cuanto se refiere a la suministración de los medicamentos y tratamientos indicados por éste. El paciente esta prohibido de realizar sus propios tratamientos con fármacos no recetados ni indicados por el médico.

7. Es responsable de cumplir con sus citas y cuando no lo puede hacer, debe notifiar al médico o institución de salud. Cumplir con los reglamentos institucionales.


DERECHOS DEL PACIENTE.
LEY GENERAL DE SALUD VIGENTE. LEY N°: 26842

Titulo I
Artículo 1.- Toda persona tiene derecho al libre acceso a prestaciones de salud y a elegir el sistema provisional a su preferencia.

Artículo 2.- Toda persona tiene derecho a exigir que los bienes destinados a la atención de la salud correspondan a las características y atributos indicados en su presentación y a todas aquellas que se acreditaron para su autorización.

Artículo 3.- Así mismo, tiene derecho a exigir que los servicios que se le prestan para la atención de la salud cumplan con los estándares, de calidad aceptados en los procedimientos y practicas institucionales y profesionales.

Artículo 4.- Ninguna persona puede ser sometida a tratamiento médico o quirúrgico, sin su consentimiento previo o el de la persona llamada legalmente a darlo, si correspondiere o estuviere impedida de hacerlo. Se exceptúa de este requisito las intervenciones de emergencia.
La negativa a recibir tratamiento médico o quirúrgico exime de responsabilidad al médico tratante y al establecimiento de salud, en su caso.

Artículo 5.- Toda persona tiene derecho a ser debida y oportunamente informada por la autoridad de salud sobre medidas y prácticas de higiene, dieta adecuada, salud mental, salud reproductiva, enfermedades transmisibles, enfermedades crónico degenerativas, diagnóstico precoz de enfermedades y demás acciones conducentes a la promoción de vida saludable.

Artículo 15.- Toda persona usuaria de los servicios de salud, tiene derecho:

a) Al respeto de su personalidad, dignidad e intimidad;

b) A exigir la reserva de la información relacionada con el acto médico y su historia clínica, con las excepciones que la ley establece;

c) A no ser sometida, sin su consentimiento, a exploración, tratamiento o exhibición con fines docentes;

d) A no ser objeto de experimentación para la aplicación de medicamentos o tratamientos sin ser debidamente informada sobre la condición experimental de éstos, de los riesgos que corre y sin que medie previamente su consentimiento escrito o el de la persona llamada legalmente a darlo, si correspondiere, o si estuviere impedida a hacerlo;

e) A no ser discriminado en razón de cualquier enfermedad o padecimiento que le afectare;

f) A que se le brinde información veraz, oportuna y completa sobre las características del servicio, las condiciones económicas de la prestación y demás términos y condiciones del servicio;

g) A que se le dé en términos comprensibles información completa y continuada sobre su proceso, incluyendo el diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento, así como sobre los riesgos, contraindicaciones, precauciones y advertencias de los medicamentos que se le prescriban y administren;

h) A que se le comuniquen todo lo necesario para que pueda dar su consentimientos informado, previo a la aplicación de cualquier procedimiento o tratamiento, así como negarse a éste;

i) A que se le entregue el informe de alta al finalizar su estancia en el establecimiento de salud y, si lo solicita, copia de la epicrisis y de su historia clínica.

Título II. Capítulo II.

Artículo 44.- Al egreso del paciente, el responsable del establecimiento de salud está obligado a entregar al paciente o a su representante el informe de alta que contiene el diagnóstico de ingreso, los procedimientos efectuados, el diagnóstico de alta pronóstico y recomendaciones que ameritó el internamiento.

Así mismo, cuando el paciente o su representante lo solicite, debe proporcionarle copia de la epicrisis y de la historia clínica, en cuyo caso el costo será asumido por el interesado.


OPINIÓN JURÍDICA SOBRE LOS DERECHOS DEL PACIENTE
Entrevista a la Dra. Noemí Vizcardo Rozas. Fecha: miércoles 13 julio 2005.
Abogada. Cesante con treinta años de ejercicio en el Poder. Judicial Diplomada en Educación a Distancia. Catedrática Universidad Alas Peruanas de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Profesora Titulada en Quechua o Runa Simi
Dra. vizcardo, ¿cuál es su concepto sobre la ley general de salud respecto a los derechos del paciente?
Resp.- El Art. 15 de la Ley General de Salud referido a los derechos de los pacientes sólo protege a los enfermos, desconociendo que los motivos por los que una persona acude a un servicio de salud pueden ser también con fines preventivos.
Dra vizcardo ¿cuál es la base de su concepto?
Resp.- La reflexión que tengo sobre el acto médico no está considerada en la ley por que solo tiene una visión primordialmente curativa, desconociendo que el acto médico debe apreciarse en el conjunto de circunstancias que lo rodean de acuerdo a la Lex Artis ad hoc, considerando los agentes endógenos y exógenos. Esto implica que la responsabilidad frente al acto médico debe establecerse en función de las circunstancias en las que se realiza. Es más, es cierto que la Ley reconoce un conjunto de derechos pero no establece los mecanismos para su ejercicio efectivo convirtiéndose en una declaración de estos sin fuerza coercitiva para su materialización práctica.
Dra. ¿cual es su posición sobre la indemnización de daños y perjuicios por mala praxis médica?
La Ley de salud vigente centra la responsabilidad frente a daños sufridos por las personas que acuden a los servicios de salud en los profesionales de la medicina. Callando deliberadamente sobre la reparación de daños por la indolencia burocrática, los problemas de gestión, el retardo en la atención, las infecciones intra hospitalarias, falta de comunicación e instrucción oportuna, infraestructura deficiente en casi todas las instituciones Estatales etc. que afectan la calidad los servicios de salud y por ende la calidad del acto médico.
Dra. ¿cuales serían sus propuestas para un mejor tratamiento de los derechos tanto de pacientes como de los profesionales de salud?
Si alguna vez se cambiase la actual Ley General de Salud, yo propondría:
1.- Que la norma Incorpore el significado de derechos de las personas en la condición de usuario y paciente.
2.- Que todo acto médico por ser actividad riesgosa debe estar asegurado.
3.- El Estado y la sociedad civil deben organizar instancias neutrales para el tratamiento de las controversias respecto al ejercicio de los derechos que no constituyan delitos y la derivación de los hechos tipificados como tal a las instancias judiciales pertinentes para su investigación y enjuiciamiento.
4. Se debe establecer la responsabilidad por desidia administrativa que se refiere a la responsabilidad del funcionario y/o administradores de los servicios de salud frente al incumplimiento de sus funciones que afecta a las personas en el ejercicio de los derechos debiendo ser considerada como delito.


Para acceder a los 7 temas solicitar Inscripción al curso "NEGLIGENCIA MÉDICA SANITARIA Análisis, ético, médico y jurídico" ingresar a CURSO: NEGLIGENCIAS MÉDICAS 100% Internet. Ver allí requisitos.
Atte. Dr. maylle.

viernes, febrero 09, 2007

VIDEO: ABOGADO VÍCTIMA DE NEGLIGENCIA MÉDICA

No solo pacientes comunes, pobres, indigentes, ignorantes, incultos son víctimas de la mala práctica profesional sanitaria. También son víctimas médicos, abogados, jueces, peritos, fiscales, congresistas,presidentes, etc. Nadie está libre cuando la mala práctica sanitaria tiene lugar.
http://www.youtube.com/watch?v=7th8-pk1jZs
ACCESO RESTRINGIDO A ALUMNOS INSCRITO AL CURSO CURSO: NEGLIGENCIAS MÉDICAS 100% Internet

jueves, febrero 08, 2007

VIDEO: LA RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL

VIDEO RESTRINGIDO A LOS ALUMNOS INSCRITOS AL CURSO CURSO: NEGLIGENCIAS MÉDICAS 100% Internet
http://www.youtube.com/watch?v=yOwci-nx3O4
¿QUÉ SOLUCIÓN CORREPONDE?
Responsabilidad por el mantenimiento de equipos

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lunes, febrero 05, 2007

CASO: AMPUTACIÓN Y REIMPLANTE DE BRAZO

fotos dicàcticas restringidas para los alumnos inscritos al curso CURSO: NEGLIGENCIAS MÉDICAS 100% Internet

domingo, febrero 04, 2007

CASO: VIDEO DE AMPUTACIÓN DE PENE

Diagnóstico (foto) : Cáncer de pene
Los actos médicos implican muchas veces decisiones dolorosas que tienen que ser afrontados y comprendidos por el paciente y su familia, lograr la comprensión de la decisión médica es una tarea y responsabilidad del médico tratante.
Ahora veremos el acto médico operatorio que consiste en la amputación necesaria del pene.


Para ver el video de Amputación de Pene, hacer click en PLAY

http://www.youtube.com/watch?v=mcDj6_ly1OU

jueves, febrero 01, 2007

CONSTRUCCIÓN DEL SEGUNDO PISO DEL CUERPO MÉDICO

Fotos de la construcción del Segundo Piso del Cuerpo Médico del Hospital Nacional Dos de Mayo (foto: 01 de febrero 2007)



































Dr. José Zegarra Prietto PRESIDENTE DEL CUERPO MÉDICO