miércoles, julio 02, 2008

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Inscripción al curso Negligencias en salud-2008 lincolnmaylle@hotmail.com Tema de hoy :

Causas frecuentes de responsabilidad en odontologí...

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    viernes, junio 27, 2008

    Causas frecuentes de responsabilidad en odontología

    Modelo de denuncia penal y análisis del documento

    Alcanzamos un modelo de formalización de denuncia penal por presunta mala práctica médica, para el análisis de los interesados. Los alumnos inscritos en los cursos deben emitir sus respuestas a las preguntas sobre el contenido de la denuncia y según lo analizado concluir en si el paciente tiene ó no fundamento en su denuncia.

    FORMALIZACION DE DENUNCIA PENAL
    DENUNCIA N° 324-2001
    SEÑOR JUEZ PENAL:

    Antonia Maravilla Díaz, Fiscal de la 42 Fiscalía Provincial Penal de Lima, con domicilio procesal en la cuadra 5 de la Avenida Abancay quinto piso, oficina 545, Lima. A usted digo:

    Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 159 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 11° del Decreto Legislativo N° 052 Ley Orgánica del Ministerio Público y en mérito a la denuncia de parte y copias certificadas que se adjuntan, formalizo denuncia Penal contra el Dr. Amador Madueño Alca, Dr. Joel Celis Luna, Dr. Víctor Palma Bueno, por resultar presuntos autores de la comisión de los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud, previstos y penados en los artículos 124° y 125° del Código Penal en agravio de Naomi Vizcarra Roque.

    FUNDAMENTOS DE HECHO:

    Aparece de la denuncia de parte que los médicos: Dr. Amador Madueño Alca, Dr. Joel Celis Luna, con fecha 19 de marzo del 2001 practicaron una operación a Naomi Vizcarra Roque con el diagnóstico de Divertículo de Vejiga, operación que se efectuó en el Hospital S.J. Bautista, siendo que en dicha operación se ligó el uréter derecho y a la vez se ocasionó una fístula vésico vaginal Después de la operación en el transcurso de los días siguientes la denunciante presentó fiebre, malestar general, dolor lumbar persistente e incontinencia urinaria sin que los responsables médicos del tratamiento Dr. Amador Madueño Alca, Dr. Joel Celis Luna ni el Jefe de Servicio Dr. Víctor Palma Bueno hubieren realizado los actos médicos necesarios para detectar la ligadura del uréter derecho que derivó en anulación de función e infección del riñón derecho, produciéndose una lesión grave que pudieron prever pese a haber permanecido en el nosocomio referido hasta el 18 de abril del año en curso tiempo en el que la paciente Naomi Vizcarra Roque siempre refirió dolores en la zona lumbar derecha con pérdida de orina por la vía vaginal o incontinencia urinaria en forma permanente. Dichos médicos no brindaron el auxilio e interés oportuno muy al contrario la expusieron y abandonaron arriesgándola a inminente daño a su salud disponiendo el alta contraviniendo sus obligaciones de cuidado. Como consecuencia de esta grave negligencia se acentúa el deterioro de salud de la denunciante Naomi Vizcarra Roque por lo que reingresa el 23 de mayo del 2001 al Hospital Nacional San Juan Bosco de Emergencia por presentar fuertes dolores acompañados de fiebre y malestar general teniendo como resultado el diagnóstico clínico de hidronefrosis severa del riñón derecho y fístula vésico vaginal; que tuvo como resultado final la extirpación del riñón derecho de la denunciante operación que se efectuó el 02 de julio del 2001, por encontrarse dicho órgano infectado e inutilizado irreversiblemente.
    FUNDAMENTOS DE DERECHO:

    Los delitos denunciados se encuentran tipificados en los artículos 124° y 125° del Código Penal.

    ELEMENTOS PROBATORIOS:

    De Conformidad con lo establecido en el Decreto legislativo 052, Ley Orgánica del Ministerio público, artículo 14 se ofrece en calidad de prueba la denuncia de parte, Historia clínica N° 1944137, Así mismo solicito se practiquen las siguientes diligencias:

    1.- Se reciba las declaraciones instructivas de los denunciados.
    2.- Se reciban los antecedentes penales y judiciales de los denunciados.
    3.- Se oficie al registro electoral para los efectos que informen sobre lo datos y domicilios de los denunciados.
    4.- Se practique peritaje médico legal a la denunciante para determinar su estado de salud.
    5.- Se realice inspección ocular en la sala de operaciones y en la sala de Hospitalización del servicio de Urología del Hospital Nacional San Juan Bosco con el objeto de determinar la infraestructura física de la misma.
    6.- Y se actúen las demás diligencias necesarias para el mejor esclarecimiento de los hechos denunciados.

    POR TANTO:
    Pido a usted señor Juez tramitar la presente denuncia de conformidad y con arreglo a Ley.
    Lima 16 de julio 2001

    Antonia Maravilla Díaz
    Fiscal Provincial Penal

    Los alumnos deben emitir sus sus respuestas al correo lincolnmaylle@hotmail.com y sus opiniones sobre el presente caso. Respondiendo el siguiente cuestionario.
    (Respuestas correctas por el messenger)

    1.- Señale el presunto delito cometido.
    Homicidio culposo ( ) Lesión culposa leve ( ) Abandono de persona en peligro ( )
    Lesión culposa grave ( ) Falsedad ideológica ( ) Delito contra la Fe pública ( )

    2.- Indique el artículo de la ley que tipifica este delito.
    Artículo 111° ( ) Artículo 124° ( ) Artículo 125° ( ) Artículo 129° ( )
    Artículo 428° ( )

    3.- Indique qué párrafo del citado artículo corresponde aplicar, en este caso.
    Primer párrafo ( ) Segundo párrafo ( ) Tercer párrafo ( )

    4.- Indique usted qué pena se aplica según lo prevé dicho artículo.

    5.- Identifique al autor o autores del delito en cuestión.

    6.- Haga una breve descripción de la circunstancia o del momento en que se consumó el delito. Señale cómo se infraccionó el deber de cuidado.

    7.-¿ En qué consistió el daño producido?

    8.- El daño en cuestión, ¿era previsible o evitable? ¿Qué debió hacerse para evitar el daño causado?

    9.- Considera usted que, en este caso la apertura de instrucción penal por el juez, lo puede hacer con mandato de detención, o con mandato de comparecencia o citación. ¿Porqué?

    10.- Considera usted la participación en este proceso del tercero civilmente responsable?

    11.- ¿A quién se llama tercero civilmente responsable?, En este caso ¿Quién lo es?

    12.- Si considera que no se ha cometido ningún delito. Fundamente sus motivos.

    martes, junio 24, 2008

    IMPORTANCIA DEL INTERNET EN LA DILIGENCIA MÉDICA

    lunes, junio 23, 2008

    ERROR, COMPLICACIONES Y NEGLIGENCIA (No son lo mismo)

    Artículo interesante:
    ERROR, COMPLICACIONES Y NEGLIGENCIA MEDICA EN CIRUGIA
    Hace algunos días atrás, la esposa de un paciente operado de un quiste hidatídico pulmonar, me solicitó una entrevista para conversar. La señora me hizo saber que no iba a cancelar la cuenta del hospital, porque con su marido había existido negligencia médica y lo habían tenido que reoperar.
    Afortunadamente yo conocía la situación del paciente y estaba consciente que el cirujano lo había controlado en forma periódica, hasta que a las 4 horas de haber salido de pabellón decidió reoperarlo por la sospecha de un hemotórax postoperatorio. La intervención había sido difícil porque el quiste hidatídico estaba pegado a la pleura y había necesitado de varias revisiones hasta dejar al equipo tranquilo y colocar los drenajes para cerrar la toracotomía. Al reoperarlo descubrió un pequeño vaso que sangraba, se hizo hemostasia, se lavó y se cerró nuevamente. La evolución posterior fue satisfactoria y sin complicaciones.
    Fue en este momento en que para explicarle lo sucedido a la señora, pensé en aclararle los conceptos de error, complicación y negligencia médica.
    Pienso que todos podemos cometer errores, al evaluar en forma equivocada los datos clínicos, el examen físico y los exámenes de laboratorio o los procedimientos diagnósticos. Hay ocasiones que por ser un cuadro evolutivo, uno debe examinarlo varias veces para dar con el diagnóstico. Por todos es conocido el cuadro de una apendicitis aguda que a medida que pasan las horas se va haciendo más evidente pasando de una sospecha de enterocolitis hasta el cuadro típico de apendicitis.
    De todas formas el cirujano no es Dios ni es un ángel para que no se equivoque, esto está en nuestra esencia de ser humano. El reconocer y aceptar un error nos permite corregirlo, más aún en nuestro actuar médico.
    Se podría decir que el error médico es involuntario, si se han usado todos los elementos que se tienen a mano para dilucidar el diagnóstico. Si se tiene dudas es bueno pedir otra opinión, no importa que el prestigio se ponga en duda. Don Pablo Goepfert, prestigioso profesor de cirugía que trabajó en nuestro centro, nos decía siempre esta sentencia sacada de algún libro “el cirujano, por la vida de un paciente, debe arriesgar todo incluso su prestigio”.
    Caso diferente son las complicaciones. Todo proceso médico o quirúrgico es susceptible de tenerlas, por eso es bueno que el cirujano converse con el paciente y sus familiares y le explique las posibles complicaciones que pueden existir. Teniendo en cuenta las complicaciones que se pueden prevenir y aquellas no previsibles aún tomando las medidas de cuidado promedio, como puede ser un infarto en el curso del internamiento.
    Siempre, todo cirujano debe de tratar de prevenirlas, debe tratar de mantener una alerta para descubrirlas y solucionarlas, sin embargo algunas veces no es posible. El Dr. Pedro Castillo, en una editorial de la Revista Chilena de Cirugía, manifiesta que un cirujano una vez terminada una operación difícil, continúa operando y revisando cada uno de los pasos pensando si lo hizo todo bien. Todo cirujano debe saber que los días posteriores de una cirugía importante son días de una lenta espera, atento a que surja alguna complicación. Con el paso de los días se va respirando más tranquilo hasta que el paciente se va a su domicilio y posteriormente se da de alta.
    Las especialidades quirúrgicas exigen que durante el postoperatorio el paciente se controle al comienzo varias veces en el día, se revisan los apósitos, se palpa y se ausculta con paciencia el abdomen o se mira fijamente el bamboleo de un drenaje. El Dr. Santiago Jarpa me decía que las cosas más simples, como una taquicardia, podía anunciar una dehiscencia antes que exista reacción peritoneal.
    Sólo la vigilancia constante y tenerlas presentes pueden evitar que una complicación pueda causar la muerte de un enfermo. Vigilancia, como en el caso que narré, permiten reoperar un enfermo antes que se comprometa seriamente. El peor error que puede cometer un cirujano es tratar de justificar los signos y síntomas de un paciente para no pensar que tiene una complicación.
    El Código de Ética del Colegio Médico es claro en recalcar que “No son sinónimos de negligencia el diagnóstico erróneo y el fracaso del tratamiento o de cualquiera acción médica. Ningún médico, por la misma naturaleza de la ciencia y del arte que profesa, puede asegurar la precisión de su diagnóstico ni garantizar la curación del paciente.”
    La mala praxis médica se puede definir cuando el médico no posee ni los conocimientos ni la destreza requerida para realizar una acción médica, es decir, el médico actúa con ignorancia e impericia al tratar un enfermo.
    Será negligencia médica aquel médico que, poseyendo los conocimientos y la destreza suficiente, no la aplique para solucionar el problema de un enfermo o teniendo todos los medios para realizar un buen diagnóstico y tratamiento no los use.
    Tanto la mala praxis y la negligencia son condenables éticamente, de acuerdo al código de ética de nuestra orden.
    Es necesario que tengamos muy en claro estos conceptos, porque los medios de comunicación han falseado los conceptos de mala praxis y negligencia, lo que lleva a error a los pacientes o familiares, creando falsas expectativas para ellos.
    Sólo una buena relación médico paciente y familiares, explicando cada uno de los exámenes y procedimiento y advirtiendo las posibles complicaciones que pueden surgir, evitará problemas importantes. Es preciso dar a conocer con palabras sencillas cuál es la enfermedad y el tratamiento que se va a realizar, solicitando su autorización a través de un consentimiento informado. Se deben dejar todos los pasos seguidos escritos en la ficha clínica, único documento legal que puede aclarar cuál fue la actuación del médico. Esto no sólo va a evitar malos entendidos, sino que va a devolver la dignidad de persona al paciente y la característica humanista a nuestra profesión y a nuestro arte.
    Posterior a una tranquila conversación con la esposa del paciente, ésta comprendió el contexto en que se habían desarrollado los hechos y agradeció lo realizado a su esposo, reconociendo que había sido mal informada por una persona ajena al hospital.
    Dr. Alejandro Murúa Barbenza Jefe Servicio de Cirugía Hospital Clínico Regional de Valdivia

    Tema de hoy: Responsabilidad legal del enfermero

    Ingresar: IMPLICANCIAS LEGALES DEL ENFERMERO(A)

    sábado, junio 21, 2008

    NEGLIGENCIAS EN SALUD CONTRA MÉDICOS

    IMPLICANCIAS LEGALES DEL ENFERMERO(A)

    La responsabilidad del ejercicio profesional del enfermero(a) tiene un marco normativo universal, empezando por los derechos humanos de toda persona a tener acceso a la protección de su salud en consideración a los derecho del paciente establecido en los códigos internacionales. En el Perú la norma mayor lo constituye la Constitución Política del Estado Peruano que todo enfermero debe conocer y haber leido su contenido especificamente la parte concerniente a la salud. Continua la Ley General de Salud que establece específicamente las responsablidades de los profesionales de enfermería. Deben tener en cuenta los artículos establecidos en el Código de Ética y Deontología del colegio de enfermeros. Si desempeña labores para el Estado deberá tener en cuenta lo establecido en el Decreto legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa para el desempeño diligente del personal de enfermería. Deberá tener siempres presente los reglamentos, los manuales, las guías y protocolos con que cuenta cada servicio donde ejerza su profesión. Finalmente tener presente lo establecido en el Código Civil y Penal en lo que toca a su desempeño en caso de infraccionar algunos de estos código en todo caso para prevenir estar implicados en problemas médico legales. No se debe olvidar de su responsabilidad administrativa ante INDECOPI que actualmente tiene procedimientos acelerados para calificar si los servicios prestados al usuario han sido los adecuados. TODO LO MENCIONADO DEBE TENER EN CUENTA EL PROFESIONAL ENFERMERO (A).

    martes, junio 17, 2008

    ENTREVISTA ESPECIAL: Cirugía, ética y diligencia

    martes, junio 03, 2008

    COMPLICACIÓN NO ES NEGLIGENCIA MÉDICA

    Lo que todo interesado en el tema debe aprender en primer lugar es distinguir las complicaciones que se presentan en el acto médico sanitario para diferenciar aquellas que son consencuencia inherente del acto profesional de salud de aquellas que son producto de una mala práctica médico sanitaria. Puedo afirmar que la gran mayoría de interesados en el tema no pueden o no saben como diferenciarla.

    Poder diferenciarla ahorraría tantos gastos y pérdidas de tiempo por tantas quejas, reclamos y denuncias sin ningún fundamento ni sustento.

    Algunos profesionales del derecho que han estudiado algo de medicina se creen con derecho a calificar todo acto médico profesional e incluso de encasillarla dentro de las negligencias. Lo cierto es que en el Perú la mayoría de denuncias por mala práxis terminan absolviendo al profesional o empleado de salud, quien ahora tiene el derecho de denunciar y reclamar la indemnización correspondiente por daños y perjuicios debido a la calumnia, difamación y daño moral como se puede observar ultimamente en algunos casos.

    La prueba de lo que afirmamos son tantas denuncias públicas que han salido en la televisión y los medios escritos y que la gran mayoría de ellos terminan solamente en eso, en un escándalo periodístico político y coyuntural. Note usted que cada vez que se toca el tema del soat médico o que los profesionales de la medicina reclaman mejoras de infraestructura o presupuesto, se incrementan las noticias de supuestas mala práctica.

    ¿Cómo saber que una complicación producto de un acto médico sanitario no es debido a una negligencia médica sanitaria?. ¿Cómo saberlo previamente para no perder el tiempo en denuncias u reclamos inconsistentes?.

    Se debe comprender que los actos médicos sanitarios implica una gran responsabilidad que proviene de tres componentes. el primero del profesional de salud, el segundo de la institución de salud y el tercero del paciente. En efecto hay muchas complicaciones que se presentan y que son consecuencia directa de la irresponsabilidad del paciente, la más comun empieza por el incumplimieto de la terapéutica, como cuando el médico le indica aplicarse siete y el paciente solo se pone tres, lo que se puede demostrar en la investigación. Otro incumplimiento del paciente es cuando no compra los materiales indicados para una determinada cirugía, o compra materiales sin ninguna garantía. La gran mayoría de casos de complicaciones por responsabilidad proviene de la institución de salud que no proveyó oportunamente los medios, insumos o materiales necesarios y adecuados para la atención de calidad. En tercer lugar la responsabilidad directa del empleado de salud como cuando viene a realizar una cirugía en estado etílico, lo que se puede demostrar.

    Todo acto médico sanitario tiene un riesgo implícito. Recordemos que incluso las palabras mal interpretadas pueden conducir al suicidio del enfermo. Tengamos presente que no toda complicación es mala práctica. No hay cirujano perfecto. Respondamos con sinceridad a la siguiente pregunta ¿Qué cirujano no ha tenido complicaciones?.

    Los riesgos son eventos inherentes a la práctica médica, aquel empleado de salud que actua pensando que nunca le van a suceder complicaciones creo que está completamente equivocado. En la práctica profesional los cirujanos sabemos que las complicaciones se presentan con frecuencia. El único cirujano que no ha tenido complicaciones es aquel cirujano que no realiza ninguna cirugía.

    Se debe comprender que hay procedimientos en la medicina que implican riesgos que deben ser aceptados y comprendidos por el paciente. Observamos que la gran mayoría de denuncias ocurren porque el paciente no ha entendido los riesgos que corría durante un procedimiento médico o quirúrgico. Repito el paciente no ha entendido aunque se le haya explicado en un lenguaje claro. Parece que hubiera entendido pero en verdad no ha comprendido los potenciales riesgos, por eso es necesario de que firme el consentimiento informado.

    ¿Qué debe comprender el paciente? Debe comprender las potenciales complicaciones de un procedimiento médico quirúrgico de riesgo. Que hay complicaciones muy simples y de relativamente fácil y rápida solución. Que hay complicaciones muy graves que pueden producir lesiones y daños a la salud y la vida del paciente. Un ejemplo de complicación grave que observo con relativa frecuencia son las lesiones cerebrales invalidantes y los fallecimientos en el perioperatorio. Siendo más puntuales: si en el preoperatorio el paciente cuenta con un control cardiológico aceptable, ha sido evaluado por el cardiólogo, el electrocardiograma es normal, el riesgo es normal, y dentro del acto operatorio o en el perioperatorio sufre un infarto del miocardio produciendo lesiones de hipoxia cerebral con
    secuelas invalidantes o su fallecimiento. Si se tiene en cuenta este riesgo que se ha presentado, se debe aceptar habiendo escuchado las informaciones del caso. Pero sucede que ante estos hechos la familia y su abogado ya no quieren escuchar ninguna explicacion ni informe, prefieren ir directamente a la fiscalía para hacer su denuncia por homicidio por negligencia. Se comprende que en este caso resultará en absolución de los injustamente acusados.

    Pongo siempre como ejemplo grosero pero fácil de entender, el hecho de manejar un automovil. Es bonito majera un auto, es agradable incluso manejar en pista libre a alta velocidad cuando hacemos viajes largos. Pero manejar un auto implica riesgos que debemos tener siempre presente para evitar accidente o complicaciones. Pero sucede que aunque seamos muy prudentes a la hora de manejar, puede que en una velocidad mediana teniendo llantas con buen mantenimiento, suceda que una de las llantas revientes y se precipite una volcadura en pista plana, pero si estamos en pistas estrechas y en altura puede que nos precipitemos al barranco. En Lima es muy frecuente que otros conductores impruedentes como se ve frecuentemente que algunos taxistas en su apuro nos chocan al costado o por detrás. Que yendo a cierta velocidad de improviso cruce un peaton y lo atropellemos porque no hemos tenido el tiempo de frenar. Es lo que se llama RIESGOS SOCIALES, que necesariamente debemos aceptar, sin los cuales sería imposible el transcurrir de la vida diaria. Está presente el riesgo de que al salir a las calles nos asalten, o nos quiten la cartera del bolsillo, y lo que es muy frecuente el robo o arrebato de las cartera de las mujeres al menor descuido. Se dice que es mejor no salir de la casa para no sufrir un asalto, sin embargo una noche pueden entrar a llevarse algún artefacto eléctrico.

    Cada profesional especialista conoce cuáles son las potenciales contingencias que se pueden presentar en el transcurso de su acto médico. Dentro de ellas están en forma general las complicaciones previsibles y las complicaciones imprevisibles. Estas complicaciones están detalladas en la guía de práctica clínica o protocolo de tratamiento donde se señala puntualmente cada una de las contingencias y la manera de solucionarlos. Por ejemplo no pude haber un protocolo quirúrgico que entre sus compliciones no esté consignado el riesgo de infección que va de las simples a las más graves como neumonías, septisemias, shock endotóxico, que puede conducir a graves secuelas físicas en el pacientes inclusive su fallecimiento y en donde no se puede pensar que se debe a mala práctica o negligencia siempre que el paciente haya recibido los antibióticos pertinentes y que a pesar de ello se precipitó el hecho indeseable, que el paciente ha recibido los antibióticos indicados se puede verificar rápidamente en el kardex de enfermería donde constará que si recibió los antibióticos indicados y necesarios que se suele dar en toda cirugía de riesgo. Entra en escena el análisis de las responsabilidades: si el paciente no compró los antibióticos indicados o se demoró en su entrega, o compró antibióticos de dudosa procedencia, o no los compró por referir que eran muy caros, se comprende que la responsabilidad es directamente del paciente o su familiar que no cumplieron con su compromiso de adquirir los medicamentos indicados. En caso de tratarse de una paciente que realmente no tiene dinero para adquirir el medicamento, lo que es establelcido por la unidad de servicio social, se le deberá de proveer de tales antibióticos por cuenta de la institución, si la institución no le otorga o se demora en la entrega, será de responsabilidad directamente institucional. Pero si todos cumplieron y el paciente recibió los antibióticos indicados y a pesar de ello la infección avanza a una sepsis generalizada y fallece, se comprende que no habrá responsabilidad de ningún nivel.

    seguiremos...

    jueves, mayo 22, 2008

    Proyecto de ley: CONTINGENCIAS MÉDICO SANITARIAS

    Artículo Especial: Dr. Lincoln Maylle
    Urge una ley que proteja los derechos de los pacientes, del profesional de salud y a la institución de salud ante hechos indeseables...

    La pregunta es Cómo hacer que una Ley sea conciliatoria y solucionadora del problema cuando se presenta una contingencia médico sanitaria que pone en riesgo la vida y la salud del paciente. En la que por un lado aparentemente ha ocurrido una mala práctica desde el punto de vista del paciente y sus familiares, en la que desde el punto de vista del profesional de salud urge una salución inmediata y no cuenta con los medios materiales para poner en ejecución el procedimiento de solución, y en la que el punto de vista institucional es que si puede dar los medios materiales necesarios pero no hay ley que ampare el otorgar este apoyo material de manera inmediata y gratuita, para salvar la emergencia y solucionar el problema.

    La respuesta inmediata es la acción inmediata de solucionar el problema. Como se verá no se trata de medidas para lograr indemnizaciones ante el hecho, lo que es el derecho del paciente a realizar su demanda civil si es que tiene la razón, pero si no la tiene habrá perdido el tiempo y posiblemente hasta que haga eso habrá contribuido con su acción de conflicto en comprometer más la salud de su paciente.

    No se trata siquiera de normas que establezcan fondos para el apoyo económico solidario al paciente, cuyo trámite puede demorar semanas y meses . No se trata de organizar comités de calificación de la contingencia para ver si se trata o no de una mala práctica, que demora muchas horas y días hasta que lleguen a una conclusión. De lo que se trata es que en este precioso tiempo se ejecuten las acciones inmediatas para solucionar la contingencia. Posible mediante la aplicación de la Ley de Contingencias Médico Sanitarias que proponemos.

    Cuando expuse este tema en la Ciudad de Tingo María ante numerosos estudiantes y profesionales de la salud que me habían conocido mediante la lectura de esta página, lo que motivó que me invitaran a su jornada de Problemas Médico Legales, surgieron del público numerosas preguntas y dentro de ellas un colega posiblemente sorprendido por la forma de la conferencia preguntó: ¿Dr. quisiera preguntarle si usted ha tenido o no complicaciones en sus operaciones, porque si las ha tenido no debería difundir la forma como se comenten las complicaciones médicas, eso no es ético, porque va contra sus colegas y contra usted mismo?.

    Luego de un breve silencio de meditación respondí con otra pregunta ¿y... qué cirujano no ha tenido complicaciones? . Sin embargo en el medio existe mucha publicidad de cirujanos que dicen ser exitosos en todas sus operaciones y todavía refieren ¡GARANTÍA TOTAL!. ¿Dónde está la ética? en aquel que reconoce sus complicaciones o en aquel que los esconde y nunca habla de ellos.
    En mis conferencias suelo exponer las complicaciones algunos de ellos que se presentaron en mis propias actividades médico quirúrgicas, las exponemos justamente para dar el mensaje de que el sistema de salud en que realizamos nuestros actos médicos contiene implícitos estos riesgos de potenciales complicaciones. Quiero decir que las complicaciones siempre van a existir aquík y en cualquier parte del mundo con las responsabilidades del caso. Lo que está incluso contemplado en la Ley General de Salud y normativas concordantes donde dice puntualmente que la institución de salud es solidariamente responsable con el profesional de salud por las complicaciones de responsabilidad que pudieran ocurrir dentro de la institución. En ningún caso de actos médicos el profesional de salud es exclusivamente responsable. Lo que en el fondo significa que el sistema de salud en que laboramos contiene algunas deficiencias que pueden condicionar las complicaciones, no se ha llegado todavía a ese sistema perfecto en que se exija la responsabilidad exclusivamente individual en las instituciones de salud.

    Un ejemplo concreto lo constituyen las llamadas INFECCIONES INTRAHOSPITALARIAS que al presentarse comprometen la vida y la salud de los pacientes. El ejemplo más claro lo constituye las infecciones por el germen klebsiella de varios neonatos en una unidad de neonatología. Es claro que aquí ha fallado el sistema de biodeguridad cuya responsabilidad es netamente institucional cuando es debido a un ambiente contaminado, baños sucios, mal manejo de los alimentos, entre otros.

    Por otro lado con el desarrollo de los conocimientos en el área de las contingencias médicas se vienen capacitando cada año más médicos, más abogados, más periodistas, cada uno desempeñando su función de acuerdo al progreso de la medicina. Dentro de este desarrollo observo una actitud equivocada por parte de algunos profesionales de salud que es el abandono del colega que ha incurrido en una potencial contingencia sanitaria. un ejemplo concreto es que en un ambiente donde trabajan 7 u 10 profesionales de salud, cuando uno de ellos se ve involucrado en un hecho indeseable, los demás tomas la actitud de apartarse del problema es decir que dejan solo al profesional. Entonces tiene ahora que lidiar con las ojerizas de los familiares que equivocadamente piensan que toda complicación es negligencia, tienen que lidiar con la institución de salud que no le quiere facilitar inmediatamente los medios para solucionar el problema y tiene que lidiar con la indiferencia de sus propios colegas que se apartan para "no verse comprometidos".

    Digo que esta actitudes antiéticas de abandonar al profesional de salud cuando se encuentra en apuros lo veo con más frecuencia, algunos que tienen algunos conocimientos de derecho incluso se basan en lo que establece el código de que la responsabilidad es individual. Viendo la situación desde el punto de vista moderno del equipo de salud y desde el punto de vista ético, desde el punto de vista de las normas administrativas de los reglamentos y manuales de organización de salud: hoy se sabe que la responsabilidad es solidaria. ¿porqué?. Por el siguiente ejemplo: si en un ambiente médico trabajan conjuntamente siete médicos cada uno con delimitación de funciones para lograr la calidad de la atención de los pacientes. No se puede comprender cómo es que uno sólo de ellos sea exclusivamente responsable si todos vienen participando conjuntamente en el tratamiento de un determinado caso o paciente. Reitero que la responsabilidad es solidaria. Lo que se desconoce es que en los procesos de investigación judicial lo profesionales que mostraron la indiferencia dejando solo a su colega de todas maneras van a se citados para exlicar su comportamiento de no haber contribuido en la solución del problema. Siendo más concretos aún: si de los siete médicos de un servicio, uno de ellos en un momento determinado detecta una situación de emergencia de un determinado paciente, lo que tiene que hacer dicho médico es solucionar en el acto la contingencia de emergencia en ausencia de los demás, es condenable que tal médico que detecta el problema emergente lo deje sin solución arguyendo que no es el médico tratante. Numerosos casos de este tipo vienen sucediendo ultimamente, tales actitudes antiéticas en la investigación son catalogados de abandono de paciente y exposición a peligro por parte de quien detecto el problema y no lo solucionó en el momento.

    Para coadyuvar con la limitación de esta malas actitudes urge una ley transparente que propicien y favorezcan las actitudes éticas y defensoras de la salud de los pacientes y que al mismo tiempo signifique el marco normativo protector del ejercicio médico para actuar inmediatamente... me refiero a la Ley de Contiengencias Médico Sanitarias... continuaremos.

    martes, mayo 06, 2008

    Indemnización de 246,000 euros por homicidio culposo

    lunes, mayo 05, 2008

    CURSO GRATUITO POR INTERNET

    CURSO on line GRATUITO:
    "NEGLIGENCIA MÉDICA SANITARIA-2008"
    Inscripción: Al correo lincolnmaylle@hotmail.com

    Ver guía didáctica del curso en
    CURSO: NEGLIGENCIAS MÉDICAS 100% Internet

    NEGLIGENCIAS MÉDICAS SANITARIAS

    jueves, mayo 01, 2008

    mala praxis médica por falta de consentimiento informado

    lunes, abril 21, 2008

    Próxima Teleconferencia: AUDITORÍA MÉDICA DE HISTORIA CLÍNICA

    teleconferencia: "AUDITORÍA MÉDICA DE HISTORIA CLÍNICA"

    Contenido:
    - ¿Cómo debe ser la elaboración de la historia clínica?
    - ¿Cómo es una historia clínica deficiente?

    Inscripción: correo lincolnmaylle@hotmail.com
    Fecha: 28 de abril 2008
    Hora: 8 pm hora exacta.

    lunes, abril 14, 2008

    UN MENSAJE A LOS MÉDICOS HONESTOS

    Próximo tema: El abuso de médicos contra médicos

    Interesante tema que tocaremos en el próximo artículo ¿Abuso? ¿Explotación?
    ¿esclavitud? cometido por médicos contra médicos...en el presente siglo.

    miércoles, abril 09, 2008

    ANÁLISIS PERICIAL DE DOCUMENTO




    Hacer click en el documento para leer el contenido

    Toca ahora realizar la siguiente actividad que consiste en realizar el análisis minucioso del siguiente documento que es el resultado de una Ecografía realizado a un paciente quien ha sido operado de próstata hace 2 meses por cirugía abierta. El documento es enviado para su análisis médico legal y emitir un informe pericial. El caso es que el paciente ha denunciado al profesional de salud que lo operó porque persiste sus molestias irritativas de ardor al orinar y dolor moderado en la zona suprapúbica, es decir que se encuentra peor que antes según el paciente.

    Los alumnos deben responder las siguiente preguntas de razonamiento. Las respuestas en contacto con el tutor por el correo electrónico.

    1.- La operación realizada ha sido una prostatectomía?

    2.- La operación realizada ha sido una adenomectomía de próstata?

    3.- Según la ecografía la extirpación ha sido completa?

    4.- Según la ecografía la extirpación ha sido parcial?

    5.- Es correcto que el informe diga Próstata ausente por antecedente quirúrgico?

    6.- Es correcto que el informe ecográfico diga Prostatectomía?

    7.- Es correcto que el informe diga no se observa tejido recidivante?

    8.- La foto en negativo refleja el hallazgo de una próstata normal?

    9.- La foto refleja recidiva prostática?

    10.- En conclusión puede decir usted que la operación ha sido idónea?¿porqué?

    11.- En conclusión puede decir usted que la operación no ha sido idónea?¿porqué?

    Remita su informe al correo del tutor: lincolnmaylle@hotmail.com

    viernes, abril 04, 2008

    UNA CLASE DIDÁCTICA SOBRE NEGLIGENCIA MÉDICA

    ¿Cómo debe ser el Consentimiento Informado?

    lunes, marzo 31, 2008

    LA FORMA Y EL FONDO DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO

    ¿QUIÉN DEBE FIRMAR EL CONSENTIMIENTO INFORMADO?
    Atte. Dr. Lincoln Maylle Antaurco


    SOBRE LA FORMA DEL CONSENTIMIENTO: