miércoles, noviembre 30, 2011

Caso homicidio culposo: Michael Jackson

Condenan al médico de Michael Jackson a cuatro años de prisión
30/11/2011 06:00 Conrad Murray deberá cumplir su pena en una cárcel de Los Angeles tras ser declarado culpable de homicidio involuntario de la muerte del cantante en 2009. Además, deberá indemnizar a la familia de Jackson.

Un juez sentenció al médico de Michael Jackson, Conrad Murray, a la pena máxima de cuatro años de prisión, tres semanas después de ser hallado culpable de homicidio involuntario de la muerte del cantante en 2009.

Murray "abandonó a un paciente que confió en él, le administró fármacos potencialmente peligrosos (...) y no mostró ningún sentimiento de arrepentimiento, lo cual significa que sigue siendo un peligro", dijo el juez Michael Pastor en la Corte Superior de Los Ángeles.

El doctor de 58 años "podía simplemente haberse negado" a administrarle a Jackson los fármacos que le pedía, "así como hicieron otros doctores", dijo.

"Esta sentencia de cuatro años será cumplida en la cárcel del condado de Los Angeles", dijo Pastor en un duro discurso en el tribunal, afirmando que dictará el 23 de junio el pago de una compensación a la familia, como lo solicita la fiscalía.

El juez dijo que las acciones de Murray violaron la relación médico-paciente e insistió en que el cardiólogo no cometió un error aislado sino que se involucró en un comportamiento que representa "una deshonra para la profesión médica".

Murray, quien puede apelar la sentencia, ya cumplió 23 días en prisión, que sumado a su buen comportamiento le acreditan a 46 días servidos.

El juez Pastor le negó la libertad provisional preguntándose retóricamente por qué habría de proporcionarla a alguien que no se
ha hecho responsable de sus acciones.

Murray fue hallado culpable el 7 de noviembre de homicidio involuntario de Jackson, por haberle proporcionado el anestésico propofol que le causó la muerte.


Michael Jackson, se encontraba en buen estado de salud cuando falleció.

El médico forense y jefe del Instituto de Medicina Forence de L.A., Christopher Rogers, declaró ante la Corte Superior en Los Ángeles que el fallecimiento prematuro del artista se debió a la negligencia de su médico personal, Conrad Murray. Fue el médico encargado de calificar oficialmente el acto como homicidio después de realizar una autopsia al cuerpo sin vida de Jackson. Su decisión, según explicó a la Corte, se basa en los malos cuidados médicos que le previó Murray cuando éste se encontraba enfermo. También señaló que el rey del pop se encontraba en buenas condiciones de salud, pero todo empeoró cuando tuvo una sobredosis de sedantes el 25 de junio de 2009, a la edad de 50 años.

El fiscal manifestó que el acusado quería proteger su salario de 150 mil dólares y que accedió a aplicarle a Jackson el potente anestésico propofol, junto con lorazepam y midazolam. “La evidencia en este caso es abrumadora... de que Conrad Murray actuó con negligencia criminal..."

Tras cinco semanas de evaluar pruebas y oír a 49 testigos, el jurado tendrá que dar su veredicto, el cual debe ser unánime entre sus doce miembros. De ser hallado culpable, le esperarían cuatro años de prisión, además de la revocatoria de su licencia.

El medicamento causante de la muerte es la medicación conocida como propofol, una potente anestesia que le fue recetada a Jackson como somní¬fero para ayudarle a dormir.



LECTURA DEL VEREDICTO
Ver sentencia en: (pegar en el navegador)

http://youtu.be/lYmmu5ak32c


COMENTARIO DEL AUTOR:
EL DEBER SUBJETIVO: Detrás de la responsabilidad objetiva al que todos estamos acostumbrados, surge en esta sentencia la consideración de la responsabilidad subjetiva analizada por los miembros del jurado que por unanimidad han decidido condenar al médico por homicidio involuntario, que en nuestro país se conoce como homicidio culposo según el artículos 111º de nuestro código penal en la que se impone una pena de no mayor de cuatro años en caso de inobservancia de reglas técnicas de profesión. Con responsabilidad subjetiva nos referimos a la consideración o a la valoración de la conducta médica traducida en su interés personal de mantener su buen sueldo mensual aún a costa de la salud de su paciente del que es médico tratante presbribiéndole medicamentos para satisfacer el requerimiento del paciente a sabiendas delo potenciales riesgo mortal en que incurría. Se actuó sin la ética exigida, sin observar el deber objetivo de cuidado, primó el interés personal antes que el cuidado de la salud del paciente.


En nuestro medio esta conducta de índole subjetivo no es infrecuente, sucede cuando por ejemplo se prescribe medicamentos simplemente porque "hay que darle algo al paciente"; cuando se prescribe medicamentos "a solicitud el enfermo". Ante lo cual la conducta médica debe ser la establecida que consiste en sólo prescribir medicamentos si es absolutamente necesario y cuando se trata de medicamentos potencialmente riesgosos como el caso de Michael Jackson debe prescribirse solamente bajo el consentimiento informado válido, en tal situación el médico no estaría viviendo su lamentable veredicto de ser declarado culpable.

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