lunes, julio 12, 2010

INDEMNIZACIÓN CON 800,000 SOLES SIN "SOAT MÉDICO"

COMENTARIO DEL AUTOR (Caso que sienta jurisprudencia)

El derecho a obtener una indemnización por parte de los pacientes que han sido víctimas de lesiones en el cuerpo y la salud por malas prácticas médicas sanitarias y por parte de los familiares cuyos pacientes han fallecido como consecuencia de homicidios culposos se encuentra claramente establecido en el código civil, de manera que no hay necesidad de otras leyes o normas para que los pacientes puedan exigir este derecho, como no hay necesidad de sobrelegislar para crear "soats médicos". Estas tentativas de crear los denominados soats médicos tienen la única finalidad de desviar el dinero para beneficio de las empresas de seguros perjudicando a los pacientes que requieren efectuar sus derecho a la indemnización.

Un claro ejemplo peruano lo constituye la reciente entrega de la indemnizacion de 800,000 soles a la señora Carmen Guevara, madre del niño que fue contagiado de VIH en un hospital público, ordenado por el poder judicial. Lo que tiene que hacer el paciente es ejercer este derecho cuando corresponda.

Lo que tienen que hacer los asesores y defensores de los pacientes es proceder como en el caso de los defensores de la señora Carmen Guevara, es decir que con las pruebas instrumetales y el mínimo conocimiento de las normas que regulan el ejercicio de los profesionales de la medicina realizar la demanda respectiva. Quedando demostrado que los reclamos administrativos ante la misma instancia y los acuerdos conciliatorios internos suelen ser pérdida de tiempo y dinero para los pacientes que efectivamente son víctimas de daños y lesiones por la negliencia médica sanitaria. Es decir que la Indemnización justa se logra en la vía civil tal como se encuentra legislado.

Cabe la pregunta ¿Porqué ha ganado la señora Carmen Guevara? ¿mientras que tantos otros pacientes contagiados con VIH no logran los resultados esperados?. La respuesta concreta radica en los siguientes considerandos. La señora CArmen Guevara ha ganado la indemnización por las siguientes razones médico jurídicas lo que se puede leer en la sentencia emitida por el Juez de la Sexta Sala Superior Civil de Lima Expediente Nº 1405-09 resolviendo declarar fundada la demanda y ordena el pago de la indemnización:

  • Que en la fecha del 15 de agosto del 2004, personal del Instituto Especializado Materno Perinatal, realizó una transfusión al menor C.J. utilizando la unidad de sangre Nº 902, la cual se encontraba contaminada con VIH.
  • Que el Banco de Sangre de dicha entidad no cumplió lo establecido en la Guía de Procedimientos por el Sistema de GEstión de la Calidad del PRONAHEBAS para la realización de las pruebas reactivas y para la conservación del archivo de los documentos.
  • No se cumplió con la Ley General de Salud al inobservarse que el paciente tiene derecho al Consentimiento Informado en situaciones de no emergencia.
  • De manera estricta no consta el documento o formato de que debió ser aplicado al donante de la sangre.
  • Tampoco existen en el expediente las pruebas reactivas realizadas a la sangre donada que estaba contaminada.

En conclusión se demostró la responsabilidad de que la transfusión sanguínea al niño se había realizado con sangre contaminada de VIH de un donante portador del virus a quien no se le realizó las respectivas pruebas de descarte de VIH y tampoco se realizó el cuestionario de obligado cumplimiento.

Como comprederá el lector se encuentra el incumplimiento de cosas elementales que acreditan la responsabilidad. ¿Que debió haberse hecho para evitar el contagio en el niño en este caso? Lo elemental: se debió realizar las pruebas de descate de HIV y llenar el formulario de preguntas al donante, con el consentimiento informado válido.

Atte. Dr. Lincoln Maylle. Lima-Perú.

NOTICIA DEL DIARIO LA PRIMERA
Se hizo justicia con niño infectado de VIH
La Noticia En Archivo mayo
Carmen Guevara luchó por años contra sistema judicial.
Mario Ríos dijo que el compromiso asumido por Ugarte incluye otorgar alimentación y tratamiento con antivirales de por vida al niño afectado. “En la vía administrativa, el hospital ofreció sólo 112 mil soles a la señora Guevara. En la vía penal, se logró la indemnización actual”, explicó.

Tras varios años de lucha legal, Carmen Guevara, madre de un niño que fue infectado con el virus del VIH Sida en el Instituto Materno Perinatal mediante una transfusión de sangre realizada en el 2004, fue indemnizada ayer por el ministro de Salud, Óscar Ugarte, con un cheque por 800 mil soles por concepto de daños y perjuicios.
El pago se realizó en acatamiento a la sentencia del 9 de noviembre del 2009 del Decimosexto Juzgado Especializado de Lima, en la que declaró como fundada la demanda de indemnización por daños y perjuicios que Carmen Guevara interpuso contra el Estado peruano, el 8 de agosto del 2006. Al respecto, Guevara mostró su satisfacción por el pago efectuado, y aseguró que la totalidad del dinero será utilizado para mejorar la calidad de vida del menor, quien ya tiene cinco años y está en etapa inicial. “No me siento feliz porque la enfermedad continúa, pero sí más tranquila. Alguien tenía que responder por el daño hecho a mi hijo. Ese dinero es de él, para seguir su tratamiento”, dijo a LA PRIMERA.

Por su parte, el coordinador nacional de ForoSalud, Mario Ríos, quien asesora a víctimas de casos de negligencia similares, informó que el Estado debe cumplir también con el pago de 150 mil soles por concepto de intereses a favor de Guevara para completar el pago indemnizatorio. “Ha pasado un año desde que el Poder Judicial falló a su favor, pero el Ministerio de Salud apeló la resolución judicial, pero en noviembre del 2009, ratificaron la sentencia. Ya pasaron cinco meses desde entonces”, refirió.

Según la organización Prosa, dos casos más quedan pendientes para que el Poder Judicial decida el resarcimiento que merecen. Uno de ellos es el de José Hidalgo, padre de un mellizo, que fuera infectado con el VIH en el hospital Daniel A. Carrión del Callao en el 2006, presentó hace una semana, una demanda contra el Estado por negligencia médica, la cual ha sido admitida por el Poder Judicial. El segundo juicio es el de Angélica Flores, cuya hija, también fue infectada con el VIH, luego de una transfusión en el 2004, decidió seguir el ejemplo de Carmen Guevara Salazar, cansada de tantas promesas por los cuatro ministros que han pasado desde aquel año que su pequeña recibió sangre contaminada con el VIH.

Ver en
http://www.minsa.gob.pe/portada/prensa/notas_auxiliar.asp?nota=8600

El pago de la indemnización por más de 800 mil nuevos soles, ordenado por el Poder Judicial a favor del menor que fue contagiado con VIH en el año 2004 por una transfusión de sangre realizada en el Instituto Nacional Materno Perinatal (INMP), está garantizado por el Ministerio de Salud, anunció la procuradora pública de salud, Fanny Freigeiro Morán.

Precisó que el procedimiento del pago se ha iniciado a través de la Oficina General de Administración, con la solicitud al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de la modificación presupuestaria, según el trámite establecido en la Ley Nº 27584 específicamente el Art. Nº 42, que establece el procedimiento para el pago de obligaciones del Estado a favor de terceros.

“Este procedimiento ya se ha iniciado; incluso estamos comunicando el inicio del trámite con el MEF para que se otorgue la modificación presupuestal y obtener el pago pertinente”, indicó.

Precisó que también se ha solicitado al Poder Judicial una aclaración, respecto a quién se debe entregar el dinero de la indemnización, si es a nombre de la señora Carmen Guevara (madre del menor) o a nombre de su menor hijo, a quien el Ministerio de Salud brinda atención integral, tratamiento y medicamentos desde su nacimiento.

“La Procuraduría Pública de Salud considera que el dinero demandado debe ser depositado a nombre del menor como una medida para resguardar el proyecto de vida del menor afectado. No obstante si el Poder Judicial resuelve el pago de indemnización a nombre de la madre del niño, el Minsa será respetuoso en asumir la decisión”, aseveró.

Aunque aclaró que el pedido de esta precisión no afecta el trámite para el pago de la indemnización, sino busca garantizar que el niño cuente con los recursos necesarios al llegar a adulto.

La procuradora invocó tranquilidad y paciencia a la Sra. Carmen Guevara, pues reiteró que el Minsa cumplirá con la indemnización que por derecho le corresponde al menor sin embargo se debe cumplir con las procedimientos y normas establecidas.

Como se recuerda, el Minsa decidió acatar el fallo del Décimo Sexto Juzgado Especializado Civil de Lima, que declaró fundada la demanda presentada por la Sra. Carmen Guevara, sentencia con la cual el ministro de Salud, Oscar Ugarte Ubilluz, estuvo de acuerdo “en el marco de nuestra política de protección y reconocimiento de los derechos de los usuarios del sistema de salud”.


ESTA VICTORIA DE CARMEN GUEVARA RINDE HOMENAJE A LAS MADRES DEL MUNDO EN SU DÍA, POR LAS QUE LUCHAN DIARIAMENTE PARA PRETEGER A SUS HIJOS

Satisfacción. Carmen Guevara, madre de uno de los siete menores infectados con VIH en el Instituto Especializado Materno Perinatal, tiene por fin un motivo para estar más tranquila.El Decimosexto Juzgado Especializado Civil de Lima declaró fundada su demanda, presentada hace tres años, en contra del nosocomio por su responsabilidad en el caso. El representante de la Red Peruana de Pacientes y abogado de Carmen Guevara, Mario Ríos, informó que la sentencia exige el pago de una indemnización de S/.800 mil por los graves daños ocasionados. “Esperemos que el ministro de Salud cumpla ahora con su palabra”, indicó. Guevara se mostró aliviada por la resolución e invocó a las autoridades a que la reconozcan: “Lo único que quiero es justicia”. El menor –infectado hace más de cuatro años– es sometido a un tratamiento con retrovirales. cortesía DIARIO PERÚ-21


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