miércoles, mayo 17, 2006

¿DÓNDE QUEJARSE, SI NO HAY LOS CANALES?

MAYORÍA DE CENTROS PÚBLICO DE SALUD NO TIENE ÓRGANO PARA CANALIZAR QUEJAS DE LOS PACIENTES

Una investigación sobre “Exigibilidad del derecho a la salud” realizado por los autores Ricardo Corcuera, Catalina Hidalgo y alicia Quintana ha determinado que entre los cientos de casos de marginación del enfermo a nivel nacional, estos efectados desconocen los mecanismos para demandar su derecho a la salud, generando con ello que ésta sea percibida como un privilegio, a lo que se suma el desconocimiento de los canales para presentar una queja o un reclamo, y que la mayoría de establecimientos públicos carezcan de un órgano encargado de canalizarlos. El estudio ha puesto de manifiesto el alto grado de desconocimiento que tiene la sociedad civil respecto a los mecanismos para resolver las situaciones de vulneración del derecho a la salud, un derecho humano fundamental.

Se indica que el principio de acceso a la información es fundamental para la realización del derecho a la salud, pues la apertura de canales de información y la puesta en marcha de programas de educación en aspectos que afectan la salud de las personas favorece el acceso igualitario de los usuarios a los sistemas sanitarios, garantizando además la vigencia de principio de consentimiento informado en la relación médico-usuario.

El objeto del estudio fue poner en evidencia las dificultades y posibilidades que plantea la exigibilidad del derecho a la salud, citando casos de servicio negado de atención en salud sexual y reproductiva, discriminación por padecer de VIH,entre otros. En la mayoría de casos citados se observa una vulneración del derecho a la salud, constatándose además cómo el sistema sensura y da mal trato a las personas que se quejan y exigen sus derechos. También se presentan casos que utilizaron diversos mecanismos de exigibilidad de derechos como los que no lo utilizaron.

El estudio muestra que existe desconocimiento e inclusive temor en muchas personas a la hora de reclamar su derecho a la salud, a lo que se suman plazos muy largos para la resolución de las quejas y demasiadas instancias a las que se debe recurrir para obtener algún resultado de los reclamos.

Al respecto, si bien la Defensoría de la Salud y Transparencia del Ministerio de Salud ha logrado avances en la regulación del procedimiento administrativo de quejas, se requiere de Procuradurías del Estado para una mejor resolución de las mismas.

Se señaló que en la actualidad más de cinco mil personas que viven con VIH en nuestro país reciben tratamiento antirretroviral de gran actividad (Targa), pero entre las limitaciones a un mayor acceso figura el alto costo de las atenciones, la falta de una adecuada infraestructura, principalmente en provincias, la poca difusión del Targa y el desconocimiento de las personas sobre los mecanismos y canales para acceder a ese tratamiento. También se encuentra desconocimiento y prejuicios del personal de salud en los niveles de atención al paciente.

De los resultados de la investigación se desprende que la vulneración del derecho que conduce a la implementación de un mecanismo de exigibilidad ha estado acompañada, en todos los casos estudiados, de la afectación de otros derechos vinculados a la salud que no necesariamente se hicieron visibles en el procedimiento de exigibilidad. Esto pone en evidencia la magnitud en la que el sistema de salud incumple su obligación de proteger el derecho a la salud y muestra que no existen mecanismos de supervisión y control propios del estado, careciendo de una regulación clara y específica.


POR OTRO LADO: LOS PACIENTES SON IGNORANTES DE SUS DERECHOS

Puede parecer no real afirmar que por lo general la mayoría de los pacientes que acuden a los servicios de salud en el Perú desconocen sus mínimos derechos a la salud, están incluidos todos los tipos de usuarios de salud, desde los más incultos hasta los más cultos y educados. Afirmar lo precitado tiene susutento en el diario observar y convivir con tantos pacientes que cuando se enfrentan a una dificulta en el servicio salud que se le brinda no saben cómo reclamar una atención adecuada.

Es que se observa que incluso los mismos profesionales de la salud cuando enferman y acuden a la seguridad social para ser atendidos o hacer atender a un familiar, suele suceder que permanecen impávidos sin saber qué hacer cuando reciben el maltrato por parte de sus propios colegas profesionales, quienes se excusan diciendo que "esto le sucede a cualquiera".

Es peor la situación con los pacientes que vienen de provincias y de las serranías agobiados por su necesidad de recuperar la salud perdida. Cuando por fin se encuentran con el profesional de salud, ven todavía en él a una especie de Dios que tiene la fórmula para solucionar su problema de salud, hasta el punto que confian ciégamente y obedecen sumisamente todo lo que le indica el profesional. El problema degenera cuando el servidor de salud solicita a cambio del servicio un pago económico disfrazado de algún artilugio escondido tras una mentira, como por ejemplo mentirle al paciente diciéndole: "Como no hay camas para hospitalizarlo puedo operarlo en una clínica particular"; o recurriendo a este otro engaño: "hay que operarlo rápido porque sino su tumor benigno puede transformarse en maligno"; o mintiendo de la siguiente manera: "Como la máquina está malograda debe hacerse el análisis en una clínica", o esta otra: " Este medicamento está agotado, yo se lo puedo conseguir a un precio más económico" entre muchos otros artilugios.

Hace 15 días que estuvimos en el Cusco cuando visitamos la institución de Essalud del Cusco nos encontramos
el siguiente lamentable hecho: una paciente necesitaba realizarse una hemodiálisis debido a su estado avanzado de insuficiencia renal, no tenía el seguro activo por retraso en el pago por parte del empleador como suele suceder en muchos casos, por lo que acudió al consultorio particular de un nefrólogo que laboraba en el hospital del Seguro, este le indicó que requería realizarse la hemodiálisis urgentemente y que le constaría mil soles la primera y 300 soles las siguientes tres veces por semana. El asunto es que el procedimieto de hemodiálisis lo tendría que realizar con la máquina del seguro social y dentro de la institución, pero que el pago era directo al profesional. Es decir que cobraba por realizar un procedimiento utilizando un bien de la institución, lo cual obviamente está prohibido y linda con la antiética y la corrupción.

Como es de verse se está aprovechando misarablemente de la necesidad de salud del paciente, el usuario de salud se ha convertido en un medio para satisfacer las necesidades económicas del servidor de salud. Es que se cuenta con la involuntaria participación del mismo enfermo y familiares quienes participan en agravar el problema cuando aceptan dar pagos directos al servidor de salud, desconocen de su derecho de ser atendidos correctamente desde que ya hicieron el pago en la caja central de la institución, y no tienen porqué hacer otros pagos ajenos a lo normado.

Pero también es cierto que el paciente incurre en responsabilidad por no tener presente tanto sus derechos como sus deberes. Es el caso que varios pacientes vienen perdiendo en los reclamos legales porque reconocen y aceptan haber entregado indebidamente dinero al servidor de salud y cuando la autoridad le señala que no debía haber hecho ningún pago extra porque se convertía en el elemento corruptor. Tanto el profesional de salud como el paciente no pueden alegar ignorancia en el conocimiento de sus derechos y deberes.

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